A partir del 12 de mayo de 2019, todas las empresas y organizaciones que tengan trabajadores contratados deberán llevar un control horario de la jornada laboral, de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto Ley 8/2019. Como es de suponer el registro horario y el RGPD (Reglamento General de Protección de Datos), guardan una fuerte relación.
Este control horario deberá incluir la hora de inicio y finalización de la jornada y se deberá conservar durante un plazo de 4 años. Por lo tanto, esta nueva normativa, tiene implicaciones en materia de protección de datos de carácter personal, ya que se pueden recoger datos que hasta la entrada en vigor de esta normativa no se recogían.
En este caso, referente al archivo de trabajadores, habrá que añadir el Registro de actividades:
- Licitud del tratamiento, que es por cumplimiento normativo.
- Minimización de los datos. Habrá sólo tratar los datos mínimos necesarios para dar cumplimiento a la normativa.
- Finalidad del tratamiento.
- Firmar un contrato de encargado del tratamiento, en caso de que algún tercero preste el servicio del control horario y pueda acceder a datos de carácter personal.
- Informar a los trabajadores de este nuevo tratamiento y cómo pueden ejercer sus derechos.
- Si se utilizan sistemas que puedan geolocalizar, tener en cuenta lo establecido en la Ley 3/2018 (LOPDGDD).
- Conservar los datos del registro horario durante un plazo de 4 años.
- Hay que considerar que en el momento que un trabajador baja de la empresa, estos datos queden bloqueadas durante el plazo de conservación de las mismas.
Por este motivo, es necesario que revisar el Protocolo en materia de protección de datos y hacer las modificaciones pertinentes para actualizar la documentación legal y la recogida de datos de carácter personal por parte de la empresa.
El departamento de protección de datos de Calders Economistes se encarga de gestionar estas actualizaciones y resolver cualquier duda que tenga respecto la normativa en cuestión. No olvide que la relación existente entre el registro horario y el RGPD es de gran importancia. Aprovechamos para recordarle que tener actualizado el Protocolo en materia de Protección de Datos con la normativa vigente. Ley 3/2018.