El trabajo a distancia implantado excepcionalmente como medida de contención sanitaria frente a la Covid-19, y mientras ésta se mantenga, le será de aplicación la normativa laboral ordinaria, y por tanto no le será de aplicación la normativa siguiente:
Aplicación de la regulación de trabajo a distancia
- Son aquellas que se desarrollan, con carácter regular, cuando en un periodo de 3 meses se realice un mínimo del 30% de la jornada, o el porcentaje equivalente en función de la duración del contrato.
- Es la que se presta en el domicilio del trabajador o en el lugar elegido por el trabajador, durante toda la jornada o parte de ésta de forma regular.
- En los contratos de trabajo a distancia con menores y en los contratos de prácticas, aprendizaje y formación se debe garantizar un porcentaje del 50% de la jornada presencial.
- El trabajo a distancia será voluntario para la persona trabajadora y por la empresa y requerirá la firma del acuerdo de trabajo a distancia.
- La decisión de trabajar a distancia desde una modalidad de trabajo presencial será reversible por la empresa y por la persona trabajadora.
- El acuerdo de trabajo a distancia debe ser obligatoriamente por escrito.
- La persona trabajadora tiene derecho a la dotación y mantenimiento adecuado por parte de la empresa de todos los medios, equipos y herramientas necesarios para el desarrollo de la actividad.
- El desarrollo del trabajo a distancia deberá ser sufragado o compensado por la empresa, y no podrá suponer la asunción por parte de la persona trabajadora de gastos relacionados con equipos, herramientas, y medios vinculados al desarrollo de su actividad laboral.
- Prevención de riesgos laborales: la evaluación de los riesgos laborales únicamente puede abarcar la zona habilitada para la prestación del servicio, no haciéndose extensiva al resto de zonas de la vivienda o del lugar elegido para la prestación del servicio. La visita del técnico de prevención para evaluar los riesgos requerirá, en todo caso, el permiso de la persona trabajadora en el caso de tratarse de su domicilio o del de una tercera persona física. De no concederse el permiso, el desarrollo de la actividad preventiva por parte de la empresa podrá efectuarse en base a la determinación de los riesgos que se derive de la información recogida de la persona trabajadora según las instrucciones del servicio de prevención .
- Las personas que trabajan a distancia, particularmente en el teletrabajo, tienen derecho a la desconexión digital fuera de su horario de trabajo.
Para cualquier duda, puede ponerse en contacto con el departamento de asesoría laboral.