El día 14 de abril de 2021 entra en vigor el RDL 902/2020 de igualdad retributiva entre hombres y mujeres, mediante el cual todas las empresas están obligadas a tener un registro retributivo de toda su plantilla, incluido el personal directivo y los altos cargos.
Este registro tendrá que incluir los valores medios de los salarios, de los complementos salariales y de las percepciones extrasalariales de la plantilla desagregados por sexo y distribuidos conforme lo establecido en el artículo 28.2 del estatuto de los trabajadores.
El incumplimiento de la obligación de tener un registro retributivo de la empresa se considera infracción grave en la Ley de infracciones y sanciones de la orden social, comportando sanciones que van de los 626,00€ a los 6.250,00€.
Desde el departamento laboral de Calders, le podemos asesorar en la confección de este registro. De este modo, no dude en ponerse en contacto con el departamento laboral si es de su interés.