MEDIDAS PARA AGILIZAR LA CREACIÓN DE EMPRESAS Y MEDIDAS PARA LUCHAR CONTRA LA MOROSIDAD COMERCIAL
En fecha 29 de septiembre de 2022 ha sido publicada al BOE la Ley 18/2022, de 28 de septiembre, de creación y crecimiento de empresas, que tiene el objetivo de facilitar la creación de nuevas empresas y reducir los obstáculos a los que se enfrentan para crecer, sean de origen regulador o financiero, para conseguir un incremento de la competencia en beneficio de los consumidores, de la productividad en nuestro tejido productivo, de la resiliencia de nuestras empresas y de la capacidad para crear puestos de trabajo de calidad.
Esta ley modifica, entre otras, la Ley de Sociedades de Capital y la Ley de apoyo a los emprendedores y su internacionalización, con el objetivo de agilizar y facilitar la creación de empresas, estableciendo medidas enfocadas a agilizar la creación de empresas y mejorar su regulación.
Una de las principales medidas introducidas es la modificación respecto al capital social mínimo para la constitución de sociedades de responsabilidad limitada, reduciéndose éste a un mínimo de 1 euro, suprimiendo así la exigencia de 3.000 euros de capital social mínimo hasta ahora vigente. Se prevé que las sociedades de responsabilidad limitada que tengan un capital que no llegue a los 3.000 euros tendrán que destinar a la reserva legal una cifra al menos igual al 20% del beneficio, hasta que la reserva, junto con el capital social, alcance el importe de 3.000 euros. En caso de liquidación, si el patrimonio de la sociedad fuera insuficiente para pagar las obligaciones sociales, los socios responderán solidariamente de la diferencia entre el importe de 3.000 euros y la cifra de capital subscrita. Aun así, respecto a las sociedades anónimas, el capital social necesario seguirá siendo de un mínimo de 60.000 euros.
Debido a la mencionada reducción de capital social mínimo, se elimina la posibilidad que una sociedad opte para constituirse en régimen de formación sucesiva, puesto que era un régimen concebido para posibilitar la constitución de una SL cuando esta no llegaba al capital social mínimo de 3.000 euros.
Por otro lado, en el marco de la lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, la nueva Ley de creación y crecimiento de empresas incorpora varias medidas, como el impulso de la transparencia respecto los periodos de pago de las operaciones comerciales, creándose con este fin un Observatorio Estatal de la Morosidad Privada, el cual publicará anualmente un listado de empresas morosas.
Así mismo, se amplía la obligación de expedir y remitir facturas electrónicas en todas las relaciones comerciales con empresas y autónomos, para garantizar una mayor trazabilidad y control de pagos, y se incorporan incentivos por el cumplimiento de los plazos de pago, por ejemplo, impidiendo el acceso a una subvención pública o ser entidad colaboradora en su gestión en caso de no cumplir con los plazos de pago establecidos a la Ley de Morosidad. También se refuerza la normativa de contratación pública para garantizar que se abone, dentro de plazo, el precio pactado con los subcontratistas.
Como medida contra la morosidad, se introduce así mismo la obligación de que las sociedades mercantiles indiquen en sus memorias anuales el periodo medio de pago a sus proveedores, o el número de facturas pagadas en un periodo inferior al máximo establecido en la normativa de morosidad.