Les recordamos que las notificaciones de la Agencia Tributaría de Cataluña a las personas jurídicas, a las entidades sin personalidad jurídica, a los que ejerzan una actividad profesional para la cual se requiera colegiación obligatoria para los trámites y actuaciones que lleven a cabo con las administraciones públicas en ejercicio de la actividad profesional y quien represente un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración se efectuarán únicamente por medios electrónicos según los artículos 14 y 41 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas .
La Agencia Tributaria de Cataluña facilita un formulario que se debe rellenar con la dirección de correo electrónico y un número de teléfono móvil donde tiene que llegar el aviso de puesta a disposición de la notificación, con un plazo de 10 días para acceder. En caso de que no se acceda en el plazo de 10 días se entenderán igualmente como notificadas.
Existe la opción de proceder al nombramiento de un apoderado únicamente para recibir las notificaciones electrónicas.
Para cualquier duda pueden contactar con el departamento jurídico de Calders Economistas.