En fecha 8 de febrero de 2021, ha sido publicada en el BOE la Orden TSF/33/2021, de 5 de febrero, por la que se abre el trámite de inscripción previa de la ayuda extraordinaria dirigida a personas trabajadoras afectadas por un expediente de regulación temporal de empleo como consecuencia de la crisis derivada de la COVID-19 y a personas con contrato fijo discontinuo beneficiarias de la prestación extraordinaria. A continuación, les detallamos los aspectos más relevantes.
Mediante la citada Orden se abre el trámite de inscripción previa para la ayuda extraordinaria dirigido a las personas trabajadoras afectadas por un expediente de regulación temporal de empleo (ERTE), como consecuencia de la suspensión total o parcial de su contrato de trabajo, derivado de las medidas preventivas y de contención adoptadas para paliar la COVID-19, y a las personas con contrato fijo discontinuo que perciben la prestación extraordinaria, de acuerdo con el artículo 9 del Real decreto ley 30/2020, de 29 de septiembre, de medidas sociales en defensa del empleo.
1. Inscripción previa:
Para poder percibir la ayuda, es necesario presentar el formulario de inscripción previa, siempre que se cumplan los requisitos establecidos. La prelación por orden de entrada en la inscripción previa no otorga preferencia en el otorgamiento de la ayuda.
Una vez se abra el plazo de convocatoria de la ayuda, la presentación del formulario de inscripción previa, rellenado con todos los datos requeridos, produce los efectos de solicitud de la ayuda.
2. Finalidad de la ayuda extraordinaria:
Se trata de una ayuda extraordinaria, en forma de prestación económica de un pago único, cuyo importe se determinará en la convocatoria que aun se encuentra pendiente de publicación.
La ayuda tiene como objetivo complementar la pérdida de poder adquisitivo de las personas con bases reguladoras más bajas de la prestación por desempleo que han sido afectadas por un ERTE, como consecuencia de la suspensión total o parcial de sus contratos de trabajo, derivado de las medidas preventivas y de contención adoptadas para paliar el COVID-19, así como de las personas trabajadoras con contrato fijo discontinuo con bases reguladoras más bajas de la prestación extraordinaria prevista en el artículo 9 del Real decreto ley 30/2020 de 29 de septiembre
3. Personas que pueden efectuar la inscripción previa:
La inscripción previa la pueden realizar las siguientes personas, siempre y cuando cumplan los requisitos que se establezcan a continuación:
- Personas físicas trabajadoras por cuenta ajena, incluidas las personas trabajadoras con contrato fijo discontinuo.
- Personas socias trabajadoras de cooperativas y sociedades laborales y las personas socias de trabajo de cooperativas.
4. Requisitos
Para acceder a la inscripción, deben cumplirse los requisitos siguientes:
- Tener el domicilio en un municipio de Catalunya.
- Que se encontraran incluidas en un ERTE, con suspensión total o parcial del contrato, por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción o derivadas de fuerza mayor relacionadas con el COVID-19, al menos un día en el periodo comprendido entre el 1 y el 31 de diciembre de 2020 o, en los casos de personas con contrato fijo discontinuo previsto en el apartado 2 del artículo 9 del Decreto ley 30/2020, de 29 de septiembre, en el plazo mencionado.
- Que sean titulares de la prestación contributiva por desempleo del SEPE, o de la prestación extraordinaria prevista en el artículo 9 del Real decreto ley 30/2020, anteriormente mencionado, en el periodo indicado en el apartado anterior, o tengan pendiente el reconocimiento de la prestación por parte del SEPE, derivado de un ERTE dentro del mismo periodo indicado.
- Cumplir los requisitos previstos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones y otra normativa aplicable.
5. Plazos y forma para efectuar la inscripción previa:
El formulario se puede presentar desde las 9:00h del día 15 de febrero de 2021, y hasta las 15:00h del día 25 de febrero de 2021.
La inscripción previa se deberá formular exclusivamente por medios telemáticos a través de la Sede electrónica de la Generalitat de Catalunya. Se deberá rellenar el formulario disponible en dicha sede electrónica.
6. Datos y contenido de la inscripción previa:
Las personas interesadas deben llenar los datos que contiene el formulario de inscripción previa siguientes:
- Datos de identificación de la persona solicitante: NIF/NIE, nombre, apellidos y otros.
- Datos de contacto de la persona solicitante.
- Dirección de residencia de la persona solicitante.
- Datos de la empresa afectada por la situación de COVID-19.
- Declaraciones responsables en relación al cumplimiento de los requisitos.