Hacer un testamento es mucho más sencillo de lo que piensa la mayoría de los ciudadanos. Por supuesto, la complejidad del trámite dependerá del tipo de testamento y del volumen y composición de nuestra herencia. Pero podemos realizar la gestión completa en algo menos de una semana si contamos con la asesoría adecuada.
Aspectos clave a considerar a la hora de hacer un testamento
Lo primero que debemos saber es que hay diferentes tipos de testamento. El Consejo General del Notariado nos habla en su página web de la opción de dejar testamento ológrafo o abierto notarial, pero la verdad es que también existe el testamento cerrado. Elegir el mejor tipo de testamento dependerá de nuestras circunstancias particulares, de la composición de nuestro patrimonio y de la relación que tengamos con la familia.
Una vez elegimos nuestra forma testamentaria sólo tendremos que redactar el documento de últimas voluntades y decidir si el custodiaremos personalmente, si se lo entregaremos a alguien de confianza o si lo depositaremos ante notario. De nuestra elección puede depender la suerte del testamento y, especialmente, los trámites sucesorios.
Los tipos de testamento
Siguiendo la exposición del Consejo General del Notariado, el primer tipo de testamento es el ológrafo. Este es uno de los más utilizados, ya que, para ello basta con papel, bolígrafo y poder escribir. La ventaja de este tipo de testamento radica en la escasez de trámites. Como desventaja, es un documento que se puede perder, destruir o manipularse. Además, podríamos incurrir en defectos legales que lo acabaran invalidando.
En segundo lugar, encontramos el testamento abierto notarial. Este documento lo redacta el mismo notario, siguiendo las instrucciones que le ofrecemos verbalmente o la minuta que prepare previamente nuestro abogado. Como ventaja, nos permite aprovechar el asesoramiento técnico del notario. Además, queda en su poder, lo que facilitará encontrarlo después de nuestro fallecimiento.
Finalmente, está el testamento cerrado. Su contenido es absolutamente confidencial, y el notario sólo interviene para dar fe de que ha recibido un pliego que contiene el documento de últimas voluntades del testador en una fecha concreta. Presenta las mismas desventajas que el testamento ológrafo.
A la hora de elegir nuestra forma testamentaria, debemos recordar que conviene contar con la asistencia de un especialista jurídico, para que nos ayude a evitar errores de gravedad. Además, siempre será mejor depositarlo ante notario para que nuestros sucesores puedan localizarlo a través del Registro de Actos de Última Voluntad.
La redacción del testamento
El asesoramiento jurídico a la hora de redactar un testamento, es clave para evitar futuras problemáticas entres los herederos o legatarios. El objetivo principal en la redacción, es definir claramente nuestra voluntad pero también tener en cuenta las repercusiones civiles y fiscales que tendrán nuestros herederos o legatarios. Además en los casos donde parte de los bienes incluyen participaciones en empresas familiares, hay que tener en cuenta posibles pactos sucesorios o protocolos familiares.
En concreto, el Código Civil Catalán permite un amplia diversidad de posibilidades para obtener la mejor fórmula para respetar la sus últimas voluntades.
La corrección o cancelación de nuestro testamento
También es importante señalar que cualquier testamento puede ser modificado o cancelado. Cuando concurren varios documentos de últimas voluntades, sólo será válido el último otorgado.
Si lo único que queremos hacer es alguna corrección, será suficiente que lo señalamos en nuestro nuevo documento. Aunque se trata de un escrito tan importante, que lo mejor sería redactarlo de nuevo.
¿Qué pasa si no dejamos testamento?
Las herencias no reguladas en un testamento se reparten según las normas de la sucesión intestada. Estas normas evitan que el patrimonio quede sin propietario, y establecen un sistema de reparto contenido en el Código Civil.
Por lo tanto, la importancia de dejar testamento radica en que es la única manera de determinar qué destino tendrá nuestro patrimonio a nuestra muerte.
Desde el departamento jurídico de Calders Economistes, no sólo le ofrecemos unos perspectiva jurídica de la planificación de su testamento sino también las futuras repercusiones fiscales.