El pasado mes de abril, el Gobierno de España publicaba la Ley 12/2023, de 24 de mayo en virtud de la cual se prevén la adopción de mecanismos para limitar los precios de los alquileres de viviendas.
Fruto de los acuerdos tomados entre la ministra de Vivienda del Gobierno de España y la consejera de Territorio del Gobierno de Cataluña, la limitación de los precios del alquiler en Cataluña entrará en vigor el próximo mes de febrero en los 140 municipios que la Generalitat ya declaró meses atrás como zonas tensionadas en cuanto al acceso a la vivienda.
¿Cuáles son las medidas acordadas?
- Los contratos nuevos de arrendamiento no podrán superar el precio del último contrato vigente en los últimos cinco años, una vez aplicado el IPC*
*Temporalmente, y para este 2024 la actualización de los alquileres en concepto de IPC queda limitado a un 3%.
- En cuanto a las viviendas que entren de nuevo en el mercado de alquiler (siempre y cuando se trate de un gran tenedor) la renta no podrá superar el precio que marque el índice de referencia** que se apruebe para cada calle determinada.
* *Pendiente de aprobarse y publicarse por parte del gobierno español.
- La realización de reformas en la vivienda y la obra nueva serán supuestos de exclusión a la medida de limitación de precios.
Consulta aquí la lista de los 140 municipios catalanes que quedan afectados por la limitación de precios al alquiler (zona de mercado residencial tensionado a los efectos de la Ley 12/2023, de 24 de mayo, por el derecho a la vivienda)
La afectación de estos municipios en la zona de mercado tensionado tendrá una vigencia inicial de 3 años (prorrogables).
Los mecanismos de limitación de precios no se aplicarán de manera retroactiva por lo que sólo afectarán a los contratos nuevos o que deban prorrogarse transcurrido la vigencia inicialmente pactada, al momento de entrar en vigor.



