Nuevo sistema de cotización en el régimen de autónomos a partir de enero de 2023
El nuevo sistema de cotización en el régimen de autónomos a partir de enero de 2023 presenta la novedad que se cotizará en función de los ingresos reales de los autónomos, dentro del 15 tramos de cotización de rendimientos netos.
Para determinar los rendimientos netos del trabajador/a autónomo la *TGSS recibirá la información de la *AEAT, la cual lo habrá obtenido en la declaración de la renta de la persona autónoma del año de referencia, así pues los rendimientos netos del año 2023 los conocerá la *TGSS en 2024, y será en aquel momento cuando se regularizará la cotización de autónomos.
El cálculo se efectuará dividiendo por 12 los rendimientos netos anuales de 2023 de la persona autónoma, la cifra resultante estará dentro de unos de los 15 tramos de cotización.
Si los rendimientos son inferiores a la cuota abonada por la persona autónoma la *TGSS de oficio devolverá a esta el importe de la diferencia entre la cuota abonada y la cuota máxima del tramo resultante de los rendimientos netos.
Si los rendimientos son superiores al tramo por el cual se está efectuando la cotización, la *TGSS emitirá una reclamación de deuda por la diferencia, sin ningún recargo, que tendrá que abonarse en los 30 días siguientes a la recepción de la reclamación. El cálculo se efectuará aplicando la cuota correspondiente a la mínima del tramo resultante de los rendimientos netos.
Para determinar la base de cotización se tienen que tener en cuenta la totalidad de los rendimientos netos obtenidos durante cada año natural por sus actividades profesionales o económicas, aunque alguna de estas no determine su inclusión en el régimen de autónomos, y con independencia de si las realizan a título individual o como socios o integrantes de cualquier tipo de sociedad, exceptuando exclusivamente los rendimientos obtenidos como trabajador por cuenta aliena en el régimen general de la seguridad social.
Los trabajadores autónomos que a fecha 31-12-2022 vinieran cotizando por una base superior a sus ingresos reales, podrán mantener esta base.
La nueva tarifa plana para autónomos pasará a ser de 80€/mes los 12 primeros meses con independencia de los ingresos reales del trabajador.
Se podrá cambiar de tramo de cotización, en función de la previsión de ingresos reales, cada dos meses.
Desaparece el tope de cotización por trabajadores mayores de 47 años.
TRAMOS DE COTIZACIÓN POR INGRESOS REALES
Tabla reducida:
La nueva base de cotización se tendrá que solicitar, con la previsión de ingresos reales, con anterioridad en el día 28 de febrero de 2023, con efectos desde el día 1 de marzo de 2023. Esta solicitud no es obligatoria, pero si que es conveniente realizarla atendiéndonos al que se ha explicado de las regularizaciones de las bases una vez conocidos los ingresos reales mediante la declaración de la renta del año 2023.
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