El RD 152/2022 fija el Salario Mínimo Interprofesional (SMI), para la agricultura, la industria y los servicios, sin distinción de sexos ni edad de los trabajadores, en la cantidad mensual de 1.000.-€, con efectos desde 1 de enero de 2022.
El SMI es la cuantía mínima retributiva que percibe la persona trabajadora referida a la jornada completa de trabajo. Para personas trabajadoras con jornadas a tiempo parcial, el SMI se prorratea en función de las horas efectivas de trabajo. Esta cantidad será inembargable, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 608 de la LEC.
Esta cuantía queda absorbida por cualquier importe que cobre el trabajador y que en su conjunto supere el importe del SMI.
A efectos de su cálculo, únicamente computará la retribución en dinero, ya que el salario en especie no podrá dar lugar a la minoración de la cuantía íntegra en dinero. Sin embargo, este salario se refiere a la jornada legal de trabajo en cada actividad, sin incluir, en el caso del salario diario, la parte proporcional de los domingos y festivos.
El aumento del SMI previsto para este 2022 implica un incremento del 3,63% respecto al año anterior, quedando el mínimo fijados de la siguiente manera:
- SMI 2022 diario: 33’33€
- SMI 2022 mensual: 1.000€
- SMI 2022 anual: 14.000€
La evolución de esta previsión se ha configurado como se especifica en la tabla que sigue:
Año | SMI diario | SMI mensual |
2022 | 33,33€ | 1.000€ |
2021 | 32,17€ | 965€ |
2020 | 31,66€ | 950€ |