Les recordamos que el pasado 3 de abril se publicó en el BOE, a través del REAL DECRETO 254/2025, la fecha oficial de implementación del sistema VERI*FACTU. Tal y como les hemos ido recordando en anteriores circulares, las fechas de implementación son:
- Empresas: hasta el 1 de enero de 2026.
- Autónomos: hasta el 1 de julio de 2026.
A continuación los detallamos , otros elementos a tener en cuenta:
¿Quién está obligado a implantar Verifactu?
Todos los contribuyentes que realicen actividades económicas a España, sujetos al IRPF como el Impuesto de Sociedades.
Excepciones:
- Empresas acogidas en el Suministro Inmediato de Información (SII)
- Actividades económicas no obligadas a emitir facturas.
- Territorios forales que hacen uso del TicketBai.
SANCIONES:
Las sanciones establecidas por no cumplir con la normativa son:
- Hasta 50.000,00€ para utilizar un sistema no certificado.
- Hasta 150.000,00€ si fabricas o comercializara un software que incumple con el regalamiento.
Si no dispone de ninguna herramienta en formato electrónico para facturar, desde CALDERS, les podemos ofrecer un abanico de posibilidades a través de las herramientas C24.



