Ya está habilitada la plataforma de la Generalidad de Cataluña a través de la cual se hará la comunicación de la condición de gran tenedor de vivienda.
De momento, se pide únicamente informar al número de viviendas de las que se ostenta la propiedad (computándose a estos efectos, igualmente, aquellos inmuebles de los que se ostenta un porcentaje).
En este sentido os queremos recordar que de conformidad con lo dispuesto en la normativa de aplicación, tienen condición de gran tenedor las personas físicas o jurídicas que:
- Son titulares de 5 o más inmuebles de uso residencial ubicados en municipios declarados zona de mercado residencial tensionado (esta declaración dependerá de cada Comunidad Autónoma)
- Son titulares de más de 10 inmuebles urbanos de uso residencial o de una superficie construida de uso residencial superior a los 1.500m2
Encontraréis el trámite en este enlace.
En caso de necesitar ayuda para realizar este trámite, pueden contactar con el equipo de Calders.



