Ha entrado en vigor la nueva regulación de los permisos parentales, que amplía el permiso retribuido a 19 semanas por familias biparentales, y 32 en el caso de las monoparentales.
El Real Decreto-ley 9/2025, de 29 de julio, amplía el permiso de nacimiento y cuidado de menor, modificando el Estatuto de los Trabajadores, el Estatuto Básico del Empleado Público y la Ley General de la Seguridad Social. La novedad principal es la adición de 2 semanas (4 en caso de las familias monoparentales) de suspensión del contrato o permiso por nacimiento y cuidado de menor, que se pueden disfrutar hasta que el menor haga 8 años, aplicable a hechos causantes desde el 2 de agosto de 2024, aunque el disfrute y la prestación económica se podrá solicitar a partir del 1 de enero de 2026.
La ampliación se implementa para completar la transposición de la Directiva (UE) 2019/1158, que hasta ahora había sido parcial. La referida Directiva, establece derechos individuales para los progenitores y cuidadores, incluyendo permisos parentales y fórmulas de trabajo flexible. Por tanto, con la medida se busca reforzar la conciliación de la vida familiar y profesional, promover la igualdad de oportunidades en el mercado laboral y garantizar la reincorporación al puesto de trabajo tras disfrutar de los permisos, así como la protección ante un trato desfavorable o despido relacionado con el ejercicio de estos derechos.
En definitiva, el permiso pasa a tener 17 semanas por cada progenitor. De ellas, las primeras 6 deben realizarse obligatoriamente de forma inmediata después del parto o de la adopción, a jornada completa. Las otras 11, se pueden disfrutar de manera acumulada o interrumpida hasta que el hijo haga 12 meses. Las 2 semanas adicionales retribuidas, que suman un total de 19 semanas por cada progenitor, se pueden disfrutar de manera acumulada o interrumpida hasta que el hijo haga 8 años. La estructura del permiso es la siguiente: 6+11+2 (6+22+4, para las familias monoparentales).
Esta ampliación afecta tanto al personal laboral como al personal funcionario, modificando el artículo 48.4 y 5 del Estatuto de los Trabajadores y el artículo 49.a), b) y c) del Estatuto Básico del Empleado Público.
Para mayor comodidad, encontraréis un resumen de las novedades a continuación:
Particularidades de la ampliación del permiso por nacimiento y cuidado
Duración permiso
- Regulación anterior (Hasta 01/08/2024) – 16 sem. x progenitor
- RDL 9/2025 (Desde 02/08/2025) – 17 sem. x progenitor (28 sem x fam. monoparental)
Disfrutar adicional
- Regulación anterior (Hasta 01/08/2024) – No previsto
- RDL 9/2025 (Desde 02/08/2025) – 2 sem. + hasta los 8 años (4 sem x fam. monoparental)
Ampliación temporal
- Regulación anterior (Hasta 01/08/2024) – Hechos causantes hasta 01/08/2024
- RDL 9/2025 (Desde 02/08/2025) – Hechos causantes desde 02/08/2024
Solicitud
- Regulación anterior (Hasta 01/08/2024) – Inmediata
- RDL 9/2025 (Desde 02/08/2025) – Desde 01/01/2026
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