El impuesto sobre las emisiones de dióxido de carbono de los vehículos de tracción mecánica es un tributo propio de la Generalitat de Cataluña, el objeto del cual es grabar las emisiones de dióxido de carbono que producen estos vehículos y que inciden en el incremento de las emisiones de gases invernadero.
El impuesto se gestiona mediante padrón y es elaborado y aprobado por la Agencia Tributaria de Cataluña a partir de los datos de que dispone.
Calendario
- 1 de mayo: publicación del padrón provisional.
- 4 de junio: fecha límite para presentar alegaciones (solicitudes de modificación)
- 1 de septiembre: publicación del padrón definitivo
- A partir del 15 de septiembre, inicio del periodo de pago.
Tienen que pagar este nuevo impuesto las personas físicas, jurídicas y también las entidades faltas de personalidad jurídica que constituyan una unidad económica o un patrimonio susceptibles de imposición definidas como obligados tributarios por la normativa tributaria general, que sean titulares del vehículo y que tengan el domicilio fiscal en Cataluña así como las que no tengan el domicilio fiscal en Cataluña pero tengan un establecimiento, una sucursal o una oficina.
Constituyen el hecho imponible del impuesto las emisiones de dióxido de carbono de los vehículos aptos para circular por las vías públicas incluidos dentro de las categorías M1 (vehículos de motor concebidos y fabricados principalmente para el transporte de personas, que tengan como máximo ocho asientos como máximo, además del asiento del conductor) y N1 (vehículos de motor concebidos y fabricados principalmente para el transporte de mercancías con una masa máxima no superior a 3,5 toneladas), Vehículos de las categorías L3e (motocicletas de dos ruedas), L4e (motocicletas de dos ruedas con sidecar), L5e (triciclos de motor) y L7e (cuadriciclos pesados).
La base imponible del impuesto está constituida por las emisiones de dióxido de carbono de los vehículos incluidos en las categorías incluidas en el hecho imponible, mesuradas en gramos de dióxido de carbono por kilómetro.
La cuota tributaria se obtiene de aplicar la tarifa que corresponda a las emisiones oficiales de dióxido de carbono por kilómetro del vehículo, de acuerdo con las mesas vigentes que son las siguientes:
2020
a) Tarifa por turismos, motocicletas, triciclos a motor y cuadriciclos pesados (Categorías M1, L3e, L4e, L5e y L7e)
Emisiones oficiales de dióxido de carbono Tipo marginal (€/g CO₂/km)
Hasta 120 g/km 0
Más de 120 g/km y hasta 140 g/km 0,55
Más de 140 g/km y hasta 160 g/km 0,65
Más de 160 g/km y hasta 200 g/km 0,80
Más de 200 g/km 1,10
b) Tarifa para comerciales ligeros de la categoría N1 destinados a transporte de mercancías con una masa máxima no superior o igual a 3,5 toneladas
Emisiones oficiales de dióxido de carbono Tipo marginal (€/g CO₂/km)
Hasta 160 g/km 0
Más de 160 g/km 0,30
2021
a) Tarifa para turismos, motocicletas, triciclos a motor i cuadriciclos pesados (Categories M1, L3e, L4e, L5e i L7e)
Emisiones oficiales de dióxido de carbono Tipo marginal (€/g CO₂/km)
Hasta 95 g/km 0
Más de 95 g/km y hasta 120 g/km 0,70
Más de 120 g/km y hasta 140 g/km 0,85
Más de 140 g/km y hasta 160 g/km 1,00
Más de 160 g/km y hasta 200 g/km 1,20
Más de 200 g/km 1,40
Emisiones oficiales de dióxido de carbono Tipo marginal (€/g CO₂/km)
Hasta 140 g/km 0
Más de 140 g/km 0,70
Las emisiones oficiales de dióxido de carbono se acreditan por medio de un certificado expedido a tal efecto por el fabricante o el importador del vehículo, salvo que estas emisiones consten en la tarjeta de inspección técnica o en cualquier otro documento de carácter oficial.
Sigue enlace donde pueden consultar la cuota a ingresar: https://atc.gencat.cat/es/tributs/impost-emissions-vehicles/simulador-emissions/index.html