{"id":7291,"date":"2023-05-31T10:52:33","date_gmt":"2023-05-31T08:52:33","guid":{"rendered":"https:\/\/www.calderseconomistes.com\/?p=7291"},"modified":"2023-05-31T10:52:33","modified_gmt":"2023-05-31T08:52:33","slug":"subvenciones-en-el-ambito-del-comercio-servicios-artesania-y-moda","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.calderseconomistes.com\/es\/subvenciones-en-el-ambito-del-comercio-servicios-artesania-y-moda\/","title":{"rendered":"Subvenciones en el \u00e1mbito del comercio, servicios, artesan\u00eda y moda"},"content":{"rendered":"<p>En fecha 19 de mayo de 2023 se ha publicado en el DOGC Resoluci\u00f3n por la que se publican las bases reguladoras para la concesi\u00f3n de subvenciones en el \u00e1mbito del comercio, de los servicios, la artesan\u00eda y la moda. <strong>Por ahora, no se ha abierto el tr\u00e1mite para solicitar las subvenciones previstas.<\/strong><\/p>\n<p>El objetivo es promocionar e impulsar el sector comercial y de servicios, fomentar la competitividad y la calidad de estos sectores, as\u00ed como apoyar la internacionalizaci\u00f3n de las marcas catalanas de moda, la comercializaci\u00f3n de sus productos, la sostenibilidad y la tecnolog\u00eda aplicada a la industria de la moda, con la finalidad de reactivar e impulsar el sector artesano, y fomentar la competitividad y calidad de este sector.<\/p>\n<p>A continuaci\u00f3n, se detallan los aspectos m\u00e1s relevantes de las citadas subvenciones:<\/p>\n<h2>OBJETO DE LA SUBVENCI\u00d3N:<\/h2>\n<p>La ayuda est\u00e1 destinada a subvencionar el proyecto que plantee cada uno de los solicitantes. A tal efecto, en el Anexo 2 de les Bases reguladoras se prev\u00e9n los 10 programas que se pueden desarrollar, incluidos los detalles, requisitos espec\u00edficos y ejemplos para cada uno de ellos:<\/p>\n<ol>\n<li>Programa de soporte a las entidades representativas del sector del comercio.<\/li>\n<li>Programa de soporte a la red asociativa de comercio, artesan\u00eda y moda.<\/li>\n<li>Programa de soporte para los establecimientos emblem\u00e1ticos y singulares.<\/li>\n<li>Programa de soporte para la apertura de comercios, de apoyo a la reforma y mejora de establecimientos y de apoyo a los puestos de los mercados de venta sedentaria y no sedentaria.<\/li>\n<li>Programa de apoyo a los municipios en el \u00e1mbito del comercio.<\/li>\n<li>Programa de apoyo para la creaci\u00f3n y definici\u00f3n de las \u00c1reas de Promoci\u00f3n Econ\u00f3micas Urbanas (APEUS).<\/li>\n<li>Programa para el crecimiento y competitividad de la empresa artesana.<\/li>\n<li>Programa de apoyo a los municipios en el \u00e1mbito de la artesan\u00eda.<\/li>\n<li>Programa para la transformaci\u00f3n digital de la industria de la moda.<\/li>\n<li>Programa para la mejora del grado de sostenibilidad y circularidad de las marcas de moda catalanas.<\/li>\n<\/ol>\n<p>Algunos ejemplos de proyectos subvencionables ser\u00edan los siguientes: proyectos de transformaci\u00f3n digital, acciones destinadas a conseguir una recuperaci\u00f3n o incremento del volumen de ventas, creaci\u00f3n de tiendas online, reforma y mejora de establecimientos comerciales, proyectos de eficiencia energ\u00e9tica, etc.<\/p>\n<h2>\nPERSONAS BENEFICIARIAS:<\/h2>\n<p>Pueden ser beneficiarias de estas subvenciones las personas profesionales aut\u00f3nomas que est\u00e9n dadas de alta en el r\u00e9gimen especial de los trabajadores por cuenta propia o aut\u00f3nomos (RETA), las empresas individuales, asociadas o agrupadas (cooperativas de comercio, servicios, artesan\u00eda y moda y centrales de compra), dadas de alta en el censo del imposte de actividades econ\u00f3micas y las administraciones locales y sus organismos p\u00fablicos que est\u00e9n adscritos o vinculados.<\/p>\n<p>En la Base segunda de las bases reguladoras, se detalla que se entiende como empresas de servicios a la persona, como empresas de comercio y como empresas artesanas.<\/p>\n<p>Las personas beneficiarias que soliciten la subvenci\u00f3n en el marco de los programas que se detallan en las Bases reguladoras, deber\u00e1n tener, como m\u00ednimo, un establecimiento operativo en Catalunya.<\/p>\n<h2>\nREQUISITOS PARA OBTENER LA CONDICI\u00d3N DE PERSONA BENEFICIARIA:<\/h2>\n<p>Las personas solicitantes deber\u00e1n cumplir con los siguientes requisitos:<\/p>\n<ul>\n<li>En el caso de empresas con 50 o m\u00e1s trabajadores , dar empleo, al menos, a un 2% de trabajadores\/as con discapacidad sobre el n\u00famero total de trabajadores\/ras de la entidad, o bien aplicar las medidas alternativas de acuerdo con lo que disponen el art\u00edculo 42 del Real decreto legislativo 1\/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley general de derechos de las personas con discapacidad y su inclusi\u00f3n social; el Real decreto 364\/2005, de 8 de abril, que regula el cumplimiento alternativo con car\u00e1cter excepcional de la cuota de reserva a favor de las personas trabajadoras con discapacidad y el Decreto 86\/2015, de 2 de junio, sobre la aplicaci\u00f3n de la cuota de reserva del 2% en favor de personas con discapacidad en empresas de 50 o m\u00e1s personas trabajadoras y de las medidas alternativas de car\u00e1cter excepcional a su cumplimiento.<\/li>\n<li>Cumplir las obligaciones tributarias ante el Estado y la Generalidad y las obligaciones ante la Seguridad Social. Este cumplimiento deber\u00e1 mantenerse a lo largo de todo el procedimiento: en el momento de presentaci\u00f3n de la solicitud, previamente a la resoluci\u00f3n de otorgamiento, y antes de recibir cualquier pago.<br \/>\nLas personas solicitantes que hayan negociado con la Agencia Estatal de la Administraci\u00f3n Tributaria, la Agencia Tributaria de Catalu\u00f1a o la Tesorer\u00eda General de la Seguridad Social una pr\u00f3rroga, un aplazamiento, una moratoria o cualquier otra condici\u00f3n especial de sus deudas, es necesario que aporten la documentaci\u00f3n que acredite esta prerrogativa especial.<\/li>\n<li>No encontrarse en ninguna de las circunstancias que impiden adquirir la condici\u00f3n de beneficiario previstas en el art\u00edculo 13 de la Ley 38\/2003, general de subvenciones.<\/li>\n<li>Indicar, de acuerdo con los agentes sociales, los medios que utilizan para prevenir y detectar casos de acoso sexual y acoso por raz\u00f3n de sexo y para intervenir en sus centros de trabajo, de conformidad con la Ley 5 \/2008, de 24 de abril, del derecho de las mujeres a erradicar la violencia machista. Este requisito s\u00f3lo ser\u00e1 de aplicaci\u00f3n en el caso de empresas con una plantilla igual o superior a 25 personas. No haber sido nunca objeto de sanciones administrativas firmes ni de sentencias firmes condenatorias por haber ejercido o tolerado pr\u00e1cticas laborales consideradas discriminatorias por raz\u00f3n de sexo o de g\u00e9nero, de acuerdo con lo que establece el art\u00edculo 11.1 de la Ley 17\/2015, de 21 de julio, de igualdad efectiva entre mujeres y hombres.<\/li>\n<li>Cumplir los requisitos establecidos en los art\u00edculos 32.1, 32.3 y 36.4 de la Ley 1\/1998, de 7 de enero, de pol\u00edtica ling\u00fc\u00edstica.<\/li>\n<li>No haber sido sancionadas, en resoluci\u00f3n firme, por la comisi\u00f3n de infracci\u00f3n grave en materia de integraci\u00f3n laboral de personas con discapacidad o muy grave en materia de relaciones laborales o en materia de seguridad y salud en el trabajo, durante el a\u00f1o anterior a la convocatoria, de conformidad con el Texto refundido de la Ley sobre infracciones y sanciones del orden social, aprobado por Real Decreto Legislativo 5\/2000, de 4 de agosto, o, si han sido sancionadas, hayan aplicado las medidas correctoras previstas y abonado las cantidades requeridas por este concepto.<\/li>\n<li>Cumplir las obligaciones y no incurrir en los supuestos de prohibici\u00f3n establecidos en los art\u00edculos 90.bis y 92.bis del Decreto legislativo 3\/2002, de 24 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de finanzas p\u00fablicas de Catalu\u00f1a.<\/li>\n<li>Disponer de un sistema de organizaci\u00f3n y gesti\u00f3n de la prevenci\u00f3n, de acuerdo con la Ley 31\/1995, de 8 de noviembre, de prevenci\u00f3n de riesgos laborales; con el Real decreto 39\/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los servicios de prevenci\u00f3n; as\u00ed como, de acuerdo con las posteriores modificaciones introducidas por la Ley 54\/2003, de 12 de diciembre, de reforma del marco normativo de la prevenci\u00f3n de riesgos laborales.<\/li>\n<li>Cumplir la obligaci\u00f3n de respetar la igualdad de trato y de oportunidades en el \u00e1mbito laboral y, a tal fin, adoptar medidas dirigidas a evitar cualquier tipo de discriminaci\u00f3n laboral entre hombres y mujeres, respetando lo establecido en el art\u00edculo 45 de la Ley Org\u00e1nica 3\/2007, de 22 de marzo, por la igualdad efectiva de mujeres y hombres, la Ley 17\/2015, de 21 de julio, de igualdad efectiva de mujeres y hombres y la Ley 19\/2020, de 30 de diciembre, de igualdad de trato y no discriminaci\u00f3n.<\/li>\n<li>No haber sido nunca objeto de sanciones administrativas firmes ni de sentencias firmes condenatorias por haber ejercido o tolerado pr\u00e1cticas laborales consideradas discriminatorias por raz\u00f3n de sexo o de g\u00e9nero, de acuerdo con lo que establece el art\u00edculo 11.1 de la Ley 17\/2015, de 21 de julio, de igualdad efectiva entre mujeres y hombres.<\/li>\n<li>Por las actividades que impliquen contacto habitual con ni\u00f1os, no haber sido condenadas en sentencia firme, ni la persona jur\u00eddica solicitante ni las personas f\u00edsicas adscritas a la ejecuci\u00f3n de la actividad subvencionada, por alg\u00fan delito contra la libertad y la indemnidad sexual, as\u00ed como por tr\u00e1fico de seres humanos con finalidad de explotaci\u00f3n sexual, incluida la pornograf\u00eda, de conformidad con la Ley org\u00e1nica 1\/1996, de 15 de enero, de protecci\u00f3n jur\u00eddica del menor, en la redacci\u00f3n dada por la Ley 26\/2015, de 28 de julio, de modificaci\u00f3n del sistema de protecci\u00f3n a la infancia y la adolescencia.<\/li>\n<li>No encontrarse en situaci\u00f3n de crisis (concurso de acreedores).<\/li>\n<li>Respetar la normativa vigente en materia de desarrollo sostenible.<\/li>\n<li>En caso de que las personas beneficiarias sean personas f\u00edsicas empresarias hay que estar dado de alta en el censo del impuesto sobre actividades econ\u00f3micas.<\/li>\n<li>En el caso de las personas jur\u00eddicas es necesario estar legalmente constituidas y estar inscritas en el registro\/censo gen\u00e9rico\/espec\u00edfico correspondiente en la fecha de publicaci\u00f3n de la convocatoria correspondiente.<\/li>\n<li>En caso de que la realizaci\u00f3n de la actividad utilice cualquier elemento susceptible de generar derechos de autor, cumplir con la normativa sobre propiedad intelectual.<\/li>\n<li>Cumplir con la obligaci\u00f3n de comunicar la obtenci\u00f3n de otras subvenciones p\u00fablicas o privadas para la propia actividad.<\/li>\n<li>Cumplir cualquier otra obligaci\u00f3n legal o reglamentaria que les pueda afectar.<\/li>\n<\/ul>\n<p>El cumplimiento de los requisitos anteriormente establecidos se realizar\u00e1 mediante declaraci\u00f3n responsable incluida en el formulario de solicitud, y mediante el cruce de los datos necesarios con la Administraci\u00f3n, la cual podr\u00e1 verificar la veracidad de la informaci\u00f3n declarada.<\/p>\n<h2>\nPROCEDIMIENTO DE SOLICITUD Y DOCUMENTACI\u00d3N:<\/h2>\n<p>Las solicitudes deber\u00e1n presentarse telem\u00e1ticamente, a trav\u00e9s del Canal Empresa, seg\u00fan el modelo normalizado que est\u00e1 a disposici\u00f3n de las personas interesadas en el portal corporativo de tramitaci\u00f3n Canal Empresa de la Generalitat de Catalunya, en la p\u00e1gina web del Consorci de Comer\u00e7, Artesania i Moda de Catalunya, en el apartado Tr\u00e1mites del web de la Generalitat de Catalunya y en la extranet de las administraciones p\u00fablicas catalanas EACAT, en el caso de otras administraciones.<\/p>\n<p>Se presentar\u00e1n por medios telem\u00e1ticos, acompa\u00f1adas de la documentaci\u00f3n y las declaraciones responsables que prev\u00e9n las bases reguladoras.<\/p>\n<p>Solo se podr\u00e1 presentar una solicitud por cada programa, y en caso de que se presente m\u00e1s de una solicitud, se tendr\u00e1 en cuenta la \u00faltima presentada.<\/p>\n<h2>\nCUANT\u00cdA, PAGO Y JUSTIFICACI\u00d3N:<\/h2>\n<p>La subvenci\u00f3n otorgada tiene el car\u00e1cter de importe m\u00e1ximo y se debe destinar a la realizaci\u00f3n de la actuaci\u00f3n subvencionada. La cuant\u00eda de la subvenci\u00f3n otorgada no puede superar el coste subvencionable del proyecto.<\/p>\n<p>Las actuaciones por las que se solicite la subvenci\u00f3n se deber\u00e1n llevar a cabo de forma efectiva durante el a\u00f1o de publicaci\u00f3n de la convocatoria.<\/p>\n<p>Solo se subvencionar\u00e1n las facturas que se correspondan al a\u00f1o de publicaci\u00f3n de la convocatoria, con determinadas excepciones.<\/p>\n<p>El pago de la subvenci\u00f3n se har\u00e1 efectivo en una \u00fanica entrega, una vez justificada la ejecuci\u00f3n de la actuaci\u00f3n subvencionada, y realizadas las actuaciones de comprobaci\u00f3n necesarias.<\/p>\n<h2>\nR\u00c9GIMEN DE COMPATIBILIDAD DE LAS SUBVENCIONES:<\/h2>\n<p>Estas subvenciones se podr\u00e1n acumular con otras subvencionas o ayudas p\u00fablicas y\/o privada, nacionales o internacionales, teniendo en cuenta que el importe de las subvenciones en ning\u00fan caso podr\u00e1 ser de tal cuant\u00eda que, de forma aislada o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas o ingresos, supere el coste de la actividad subvencionada; con determinadas excepciones.<\/p>\n<p>Desde Calders, contamos con expertos y brindamos un servicio de <a href=\"https:\/\/www.calderseconomistes.com\/es\/asesoria-para-autonomos-en-barcelona\/\">Asesor\u00eda para aut\u00f3nomos en Barcelona<\/a>\u00a0, puedes contactarnos si tienes dudas, estaremos encantados de ayudarte.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>En fecha 19 de mayo de 2023 se ha publicado en el DOGC Resoluci\u00f3n por la que se publican las bases reguladoras para la concesi\u00f3n de subvenciones en el \u00e1mbito del comercio, de los servicios, la artesan\u00eda y la moda. 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