{"id":6775,"date":"2022-05-25T10:38:21","date_gmt":"2022-05-25T08:38:21","guid":{"rendered":"https:\/\/www.calderseconomistes.com\/?p=6775"},"modified":"2022-06-09T09:23:13","modified_gmt":"2022-06-09T07:23:13","slug":"novedades-directiva-omnibus","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.calderseconomistes.com\/es\/novedades-directiva-omnibus\/","title":{"rendered":"Novedades introducidas por la directiva Omnibus, para la mejora de la protecci\u00f3n de los consumidores de la Uni\u00f3n Europea"},"content":{"rendered":"<p>Mediante la presente circular, les exponemos las principales novedades que ha introducido la Directiva (UE) 2019\/2161, de 27 de noviembre de 2019, llamada \u201cDirectiva Omnibus\u201d. Esta Directiva modifica varias Directivas (Directiva 93\/13\/CEE, Directiva 98\/6\/CE, Directiva 2005\/29\/CE y Directiva 2011\/83\/UE), con el objetivo de mejorar la aplicaci\u00f3n y la modernizaci\u00f3n de las normas de protecci\u00f3n de los consumidores de la Uni\u00f3n Europea, garantizando su cumplimiento de forma uniforme en todos los pa\u00edses de la Uni\u00f3n.<\/p>\n<p>Esta Directiva comienza a ser de aplicaci\u00f3n en Espa\u00f1a a partir del momento en que se adoptan normas que la desarrollan (es decir, a partir de su transposici\u00f3n). Esta transposici\u00f3n se produjo definitivamente en el mes de noviembre de 2021, mediante la aprobaci\u00f3n del Real Decreto-Ley 24\/2021, de 2 de noviembre, cuyo Libro sexto transpone la Directiva Omnibus a trav\u00e9s de la modificaci\u00f3n de diversas leyes espa\u00f1olas, siendo de aplicaci\u00f3n las nuevas medidas a partir del 28 de mayo de 2022.<\/p>\n<p>Lo que pretende la Directiva es establecer nuevas sanciones efectivas y proporcionadas, adaptar los derechos de los consumidores al mercado digital, garantizar una mayor protecci\u00f3n y seguridad de los consumidores, incrementar la transparencia de las plataformas online, luchar contra las pr\u00e1cticas comerciales enga\u00f1osas y regular la publicaci\u00f3n de las ofertas de reducci\u00f3n de precio.<\/p>\n<p>Las principales novedades que introduce la Directiva Omnibus, que tendr\u00e1n que aplicar los comercios electr\u00f3nicos, Marketplace y plataformas que ofrezcan productos y servicios, de forma gratuita o no a consumidores, son las siguientes:<\/p>\n<ul>\n<li>Establece un nuevo listado de pr\u00e1cticas comerciales desleales, como por ejemplo no facilitar informaci\u00f3n, cuando se proporcionen resultados de b\u00fasqueda sobre productos y servicios ofrecidos por empresas o consumidores, sobre cu\u00e1les son los criterios que se tienen en cuenta de la hora de posicionar los resultados y su relevancia; o indicar que las opiniones de un producto son realizadas por consumidores que realmente han usado\/comprado el producto, sin haber tomado medidas razonables para verificarlo, entre otros.<\/li>\n<li>Propone establecer nuevas sanciones efectivas y proporcionadas en caso de incumplimiento, estableciendo un r\u00e9gimen sancionador para las empresas que no cumplan con las normas.<\/li>\n<li>La normativa sobre protecci\u00f3n de los consumidores tambi\u00e9n ser\u00e1 aplicable a los contenidos y servicios digitales sin contraprestaci\u00f3n econ\u00f3mica, en los que el consumidor deba facilitar sus datos de car\u00e1cter personal, a menos que el tratamiento de datos se realice exclusivamente para la prestaci\u00f3n del servicio y no se traten con ninguna otra finalidad.<\/li>\n<li>El proveedor de un Marketplace o plataforma tambi\u00e9n tendr\u00e1 que informar sobre si el vendedor es consumidor o no (y, en caso de serlo, indicar que no es de aplicaci\u00f3n la normativa sobre consumidores); sobre su responsabilidad y la del vendedor sobre el cumplimiento de las obligaciones legales derivadas del pedido que se realice y sobre los criterios de clasificaci\u00f3n de los resultados de b\u00fasqueda.<\/li>\n<li>Establece un contenido m\u00ednimo de informaci\u00f3n que debe facilitarse al consumidor antes de que \u00e9ste realice un pedido.<\/li>\n<li>En los casos en que el cliente ejercite el derecho de desistimiento cuando haya adquirido un contenido o servicio digital, no se podr\u00e1 hacer uso de los contenidos generados por el cliente al usar el contenido o servicio, salvo en determinadas circunstancias, y deber\u00e1 facilitarlos al cliente sin costes, en un plazo de tiempo razonable y en un formato adecuado.<\/li>\n<li>En cuanto a las reducciones de precio, cualquier oferta que haga publicidad de una reducci\u00f3n del precio deber\u00e1 indicar el precio m\u00e1s bajo que haya tenido el producto durante, al menos, el mes anterior a la fecha en que se anuncie la reducci\u00f3n, excepto en determinadas circunstancias, por ejemplo, cuando se trata de un producto que sale a la venta por primera vez.<\/li>\n<\/ul>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Todas estas novedades se aplicar\u00e1n a partir del <strong>d\u00eda 28 de mayo de 2022.<\/strong><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Para cualquier duda o aclaraci\u00f3n, pueden contactar con el <a href=\"https:\/\/www.calderseconomistes.com\/es\/asesoria-empresas\/#area-juridica-abogados\">Departamento Jur\u00eddico<\/a>.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Mediante la presente circular, les exponemos las principales novedades que ha introducido la Directiva (UE) 2019\/2161, de 27 de noviembre de 2019, llamada \u201cDirectiva Omnibus\u201d. 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