{"id":6000,"date":"2021-05-07T16:46:41","date_gmt":"2021-05-07T14:46:41","guid":{"rendered":"https:\/\/www.calderseconomistes.com\/?p=6000"},"modified":"2021-05-10T10:00:05","modified_gmt":"2021-05-10T08:00:05","slug":"subvenciones-comercio","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.calderseconomistes.com\/es\/subvenciones-comercio\/","title":{"rendered":"Subvenciones en el \u00e1mbito del comercio, de los servicios y la moda"},"content":{"rendered":"<p>En fecha 7 de mayo de 2021, ha sido publicada en el DOGC la <strong>Resoluci\u00f3n por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesi\u00f3n de subvenciones en el \u00e1mbito del comercio, los servicios y la moda<\/strong>.<\/p>\n<p>Mediante la citada Resoluci\u00f3n se acuerdan varios programas de apoyo para diferentes sectores de los \u00e1mbitos del comercio, servicios y moda, respecto a los que existen unos presupuestos gen\u00e9ricos, y se establecen unos requisitos espec\u00edficos para cada uno de los programas de apoyo.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<h2>1. Presupuestos gen\u00e9ricos<\/h2>\n<h3>a) Objeto de la ayuda:<\/h3>\n<p>El objeto de la ayuda es promocionar e impulsar el sector comercial y de servicios, y fomentar la competitividad y la calidad de estos sectores y en el \u00e1mbito de la moda con el fin de apoyar la internacionalizaci\u00f3n de las marcas catalanas de moda, la comercializaci\u00f3n de sus productos, la sostenibilidad y la tecnolog\u00eda aplicada a la industria de la moda (Fash-tech), as\u00ed como, dar respuesta a los efectos causados \u200b\u200bpor la declaraci\u00f3n del estado de alarma.<\/p>\n<h3>b) Personas beneficiarias:<\/h3>\n<p>Pueden ser beneficiarias de las subvenciones que se indicar\u00e1n a continuaci\u00f3n:<\/p>\n<ul>\n<li>Los profesionales aut\u00f3nomos que est\u00e9n dados de alta en el RETA.<\/li>\n<li>Las empresas individuales, asociadas o agrupadas (cooperativas de comercio, servicios, artesan\u00eda y moda y centrales de compra), dadas de alta en el censo del impuesto de actividades econ\u00f3micas.<\/li>\n<li>Las entidades territoriales, gremios y entidades sectoriales sin \u00e1nimo de lucro y las asociaciones de mercados municipales sedentarios y no sedentarios.<\/li>\n<\/ul>\n<p>Para esta subvenci\u00f3n, se entienden como empresas de servicio aquellas que presentan las siguientes actividades: Talleres mec\u00e1nicos, Servicios fotogr\u00e1ficos, Copister\u00edas y artes gr\u00e1ficas, Servicios de reparaciones, Agencias de viajes minoristas, tintorer\u00eda y lavander\u00edas, Peluquer\u00eda y salones de est\u00e9tica y belleza, Bares y restaurantes, Servicios de comida preparada y catering, Servicios de alquiler de esqu\u00eds.<\/p>\n<p>Tambi\u00e9n, para esta subvenci\u00f3n se entienden como empresas de comercio las que prestan actividades empresariales de comercio al por menor, quedando excluidos los fabricantes y mayoristas que no realizan venta.<\/p>\n<h3>c) Requisitos gen\u00e9ricos:<\/h3>\n<ul>\n<li>En el caso de empresas con 50 o m\u00e1s trabajadores, dar empleo, al menos, a un 2% de trabajadores\/as con discapacidad sobre el n\u00famero total de trabajadores\/as de la entidad, o bien aplicar las medidas alternativas.<\/li>\n<li>Cumplir las obligaciones tributarias ante el Estado y la Generalidad y las obligaciones ante la Seguridad Social. Este cumplimiento deber\u00e1 mantenerse a lo largo de todo el procedimiento. Las personas solicitantes que hayan negociado con la Agencia Estatal de la Administraci\u00f3n Tributaria, la Agencia Tributaria de Catalu\u00f1a o la Tesorer\u00eda General de la Seguridad Social una pr\u00f3rroga, un aplazamiento, una moratoria o cualquier otra condici\u00f3n especial de sus deudas, deber\u00e1n aportar la documentaci\u00f3n que acredite esta prerrogativa especial.<\/li>\n<li>No encontrarse en ninguna de las circunstancias que impiden adquirir la condici\u00f3n de beneficiario.<\/li>\n<li>Indicar, de acuerdo con los agentes sociales, los medios que utilizan para prevenir y detectar casos de acoso sexual y de acoso por raz\u00f3n de sexo y para intervenir en sus centros de trabajo. Este requisito s\u00f3lo es aplicable en el caso de empresas con una plantilla igual o superior a 25 personas. No haber sido objeto de sanciones administrativas firmes ni de sentencias firmes condenatorias porque han ejercido o tolerado pr\u00e1cticas laborales consideradas discriminatorias por raz\u00f3n de sexo o de g\u00e9nero.<\/li>\n<li>Cumplir con las normas de pol\u00edtica ling\u00fc\u00edstica siguientes: atender consumidores en cualquiera de las lenguas oficiales de Catalu\u00f1a, y que las se\u00f1ales y carteles de informaci\u00f3n general y los documentos de oferta de servicios a los consumidores, as\u00ed como los carteles de los centros de trabajo , est\u00e9n en el menos redactados en catal\u00e1n.<\/li>\n<li>No haber sido sancionadas, en resoluci\u00f3n firme, por la comisi\u00f3n de infracci\u00f3n grave en materia de integraci\u00f3n laboral de discapacitados o muy grave en materia de relaciones laborales o en materia de seguridad y salud en el trabajo, durante el a\u00f1o anterior a la convocatoria, o, si han sido sancionadas, haber aplicado las medidas correctoras previstas y abonado las cantidades requeridas por este concepto.<\/li>\n<li>Cumplir las obligaciones y no incurrir en los supuestos de prohibici\u00f3n establecidos en los art\u00edculos 90.bis y 92.bis de Decreto Legislativo 3\/2002, de 24 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de finanzas p\u00fablicas de Catalu\u00f1a.<\/li>\n<li>Disponer de un sistema de organizaci\u00f3n y de gesti\u00f3n de la prevenci\u00f3n de riesgos laborales.<\/li>\n<li>Cumplir la obligaci\u00f3n de respetar la igualdad de trato y de oportunidades en el \u00e1mbito laboral y, con este fin, adoptar medidas dirigidas a evitar cualquier tipo de discriminaci\u00f3n laboral entre hombres y mujeres.<\/li>\n<li>Para las actividades que impliquen contacto habitual con menores, no haber sido condenadas en sentencia firme, ni la persona jur\u00eddica solicitante ni las personas f\u00edsicas adscritas la ejecuci\u00f3n de la actividad subvencionada, por alg\u00fan delito contra la libertad e indemnidad sexual, as\u00ed como para tr\u00e1fico de seres humanos con fines de explotaci\u00f3n sexual, incluida la pornograf\u00eda<\/li>\n<li>No encontrarse en situaci\u00f3n de crisis (concurso de acreedores).<\/li>\n<li>Respetar la normativa vigente en materia de desarrollo sostenible.<\/li>\n<li>En caso de que los beneficiarios sean personas f\u00edsicas empresarias deben estar dadas de alta en el censo del impuesto sobre actividades econ\u00f3micas.<\/li>\n<li>En caso de que la realizaci\u00f3n de la actividad utilice cualquier elemento susceptible de generar derechos de autor cumplir con la normativa sobre propiedad intelectual.<\/li>\n<li>Cumplir con la obligaci\u00f3n de comunicar la obtenci\u00f3n de otras subvenciones p\u00fablicas o privadas para la misma actividad.<\/li>\n<li>Cumplir cualquier otra obligaci\u00f3n legal o reglamentaria que les pueda afectar.<\/li>\n<\/ul>\n<h3>d) Otros requisitos:<\/h3>\n<ul>\n<li>Tener un establecimiento operativo en Catalu\u00f1a. Para el programa \u00abpara la reactivaci\u00f3n y transformaci\u00f3n de la moda catalana\u00bb deben tener establecimiento operativo en Catalu\u00f1a o raz\u00f3n social en Catalu\u00f1a.<\/li>\n<li>S\u00f3lo podr\u00e1n ser beneficiarias las pymes dentro de las categor\u00edas siguientes:\n<ul>\n<li>Mediana empresa: ocupa menos de 250 personas y tiene un volumen de negocio anual que no excede los 50 millones de euros o un balance general anual que no excede los 43 millones de euros.<\/li>\n<li>Peque\u00f1a empresa: ocupa menos de 50 personas y tiene un volumen de negocio anual o un balance general anual que no supera los 10 millones de euros.<\/li>\n<li>Microempresa: ocupa menos de 10 personas y tiene un volumen de negocio anual o un balance general anual no supera los 2 millones de euros.<\/li>\n<\/ul>\n<\/li>\n<\/ul>\n<h3>e) Procedimiento de solicitud y documentaci\u00f3n:<\/h3>\n<p>Las solicitudes deber\u00e1n presentarse seg\u00fan modelo normalizado que est\u00e1 disponible en la web de Canal Empresa de la Generalitat, y dentro del plazo que se determine cuando se efect\u00fae la publicaci\u00f3n de la convocatoria en el DOGC.<\/p>\n<h3>f) Compatibilidad:<\/h3>\n<p>Estas subvenciones se pueden acumular a otras subvenciones o ayudas p\u00fablicas y\/o privadas, nacionales o internacionales, teniendo en cuenta que el importe de las subvenciones en ning\u00fan caso podr\u00e1 superar el coste de la actividad subvencionada.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<h2>2. Programa de apoyo en el proceso de transformaci\u00f3n digital de las empresas<\/h2>\n<h3>a) Personas beneficiarias:<\/h3>\n<p>Los profesionales aut\u00f3nomos que est\u00e9n dados de alta en el RETA, empresas de comercio, de servicios y puestos de mercados municipales sedentarios y no sedentarios.<\/p>\n<p>Se excluyen, las fundaciones, las entidades territoriales sin \u00e1nimo de lucro y los gremios y entidades sectoriales.<\/p>\n<h3>b) Acciones subvencionables:<\/h3>\n<ul>\n<li>Webs personalizadas con sistemas inform\u00e1ticos que permitan la gesti\u00f3n, la actualizaci\u00f3n de contenidos, la m\u00e9trica, que sea disponible en diferentes dispositivos, es decir responsive, multiidioma y que contenga un directorio que facilite la b\u00fasqueda en el espacio web.<\/li>\n<li>Acciones de promoci\u00f3n y campa\u00f1as de comunicaci\u00f3n y marketing digital.<\/li>\n<li>Creaci\u00f3n de tiendas online a partir de un establecimiento f\u00edsico, siempre que se facilite la recogida en el establecimiento f\u00edsico.<\/li>\n<li>La digitalizaci\u00f3n del punto de venta a pie de calle para dotar al establecimiento f\u00edsico de tecnolog\u00edas que mejoren sus procesos. (Carteler\u00eda digital, beacons, etiquetas electr\u00f3nicas, etc)<\/li>\n<li>La contrataci\u00f3n o realizaci\u00f3n de proyectos de estrategia digitales que tengan como finalidad inversiones que incorporen una visi\u00f3n digital y tecnol\u00f3gica de 360\u00ba, adquisici\u00f3n de ERP y CRM que integren informaci\u00f3n y conocimiento de los clientes, tecnolog\u00eda que permita la predicci\u00f3n y el aprovechamiento de datos que faciliten la personalizaci\u00f3n y de herramientas de automatizaci\u00f3n de procesos para la gesti\u00f3n diaria de las empresas de comercio y digital.<\/li>\n<li>Proyectos y estudios de consultor\u00eda digital para el asesoramiento especializado, a fin de asegurar el \u00e9xito en la implementaci\u00f3n de soluciones y servicios tecnol\u00f3gicos necesarios para la puesta en marcha de la estrategia de transformaci\u00f3n digital de la empresa.<\/li>\n<\/ul>\n<h3>c) Requisitos:<\/h3>\n<ul>\n<li>Tener como m\u00ednimo establecimiento a pie de calle en Catalu\u00f1a.<\/li>\n<li>Los proyectos a subvencionar se llevar\u00e1n a cabo a trav\u00e9s de empresas especializadas del sector que puedan acreditar su experiencia.<\/li>\n<li>En el caso de marketing digital en las redes sociales, las acciones deber\u00e1n estar realizadas por personal de la empresa con experiencia o una empresa especializada que puedan acreditar su experiencia.<\/li>\n<li>El gasto m\u00ednimo subvencionable ser\u00e1 de 1.000 euros.<\/li>\n<li>Es indispensable que el proyecto est\u00e9 perfectamente operativo antes del 31 de diciembre de 2021. Se subvencionan todas las acciones llevadas a cabo durante el ejercicio 2021.<\/li>\n<li>Las soluciones tecnol\u00f3gicas (eCommerce, web, APPS, cartelera digital) deben estar disponibles obligatoriamente en lengua catalana.<\/li>\n<li>En el caso de proyectos y\/o estudios de consultor\u00eda digital, la empresa encargada deber\u00e1 tener una experiencia en el sector digital de 3 a\u00f1os y de comercio de al menos 1 a\u00f1o y la duraci\u00f3n del proyecto no puede ser inferior a 3 meses<\/li>\n<\/ul>\n<h3>d) Cuant\u00eda de la subvenci\u00f3n:<\/h3>\n<p>Hasta el 70% de los gastos subvencionables con un m\u00e1ximo de 5.000 euros.<\/p>\n<h3>e) Gastos subvencionables:<\/h3>\n<ul>\n<li>Las directamente relacionadas con las acciones subvencionables.<\/li>\n<li>Creaci\u00f3n, dise\u00f1o y posicionamiento de p\u00e1ginas web (registro del dominio, programaci\u00f3n, dise\u00f1o y contenidos).<\/li>\n<li>Contrataci\u00f3n de una empresa externa que ofrezca el servicio de community management.<\/li>\n<li>Enlaces patrocinados o SEM (campa\u00f1as de pago por clic en plataformas como Google Adwords o Facebook) siempre y cuando sean realizados por personal de la empresa con experiencia o una empresa especializada.<\/li>\n<li>Creaci\u00f3n de perfiles profesionales en las redes sociales siempre y cuando sean realizados por personal de la empresa con experiencia o una empresa especializada<\/li>\n<li>Marketing de contenidos<\/li>\n<li>Monitorizaci\u00f3n y reputaci\u00f3n online.<\/li>\n<li>Creaci\u00f3n de una tienda online.<\/li>\n<li>Creaci\u00f3n de cat\u00e1logo online.<\/li>\n<li>Herramientas para mejorar el posicionamiento SEO y SEM<\/li>\n<li>Email marketing (el env\u00edo de newsletters o mails a los clientes).<\/li>\n<li>Carteler\u00eda digital implantada en el establecimiento f\u00edsico y gesti\u00f3n de los contenidos siempre y cuando recoja datos de los clientes (no siendo subvencionable una pantalla de TV que no d\u00e9 esta informaci\u00f3n).<\/li>\n<li>Creaci\u00f3n de la propia aplicaci\u00f3n m\u00f3vil del establecimiento (APP)<\/li>\n<li>Sistemas de contadores de personas<\/li>\n<li>Sistemas de medida del tr\u00e1fico de personas en las diferentes \u00e1reas de la tienda (mapas de calor)<\/li>\n<li>Sistemas v\u00eddeo anal\u00edtica para medir audiencias, inter\u00e9s de los contenidos promocionales de las pantallas, reconocimiento facial (sexo, edad) para programar contenidos dirigidos<\/li>\n<li>Instalaci\u00f3n de sistemas digitalizados de puntos de recogida (compra de taquillas y \/ o armarios con el software<\/li>\n<li>correspondiente).<\/li>\n<li>En el caso de proyectos y \/ o estudios de consultor\u00eda digital, los gastos elegibles ser\u00e1n aquellas que est\u00e9n relacionadas con la consultor\u00eda t\u00e9cnica, legal, de an\u00e1lisis y definici\u00f3n de estrategias para la elaboraci\u00f3n de un plan estrat\u00e9gico de transformaci\u00f3n digital de la empresa.<\/li>\n<li>En ning\u00fan caso se subvencionar\u00e1 m\u00e1quinas de gestor de cobro en efectivo (TPV), ni soluciones ofim\u00e1ticas, ni sistemas operativos, office o similares, ordenadores, tabletas, impresoras de sobremesa, c\u00e1maras fotogr\u00e1ficas, sesiones fotogr\u00e1ficas, etc.<\/li>\n<li>Entre otros.<\/li>\n<\/ul>\n<h3>f) Documentaci\u00f3n:<\/h3>\n<ul>\n<li>Referencia del Informe de resultado de la auto diagnosis TIC el estado inicial (sin la aplicaci\u00f3n de las acciones a subvencionar).<\/li>\n<li>Fotograf\u00eda de la fachada y del interior del establecimiento a pie de calle, puesto de mercado.<\/li>\n<li>Presupuesto detallado de las acciones a subvencionar<\/li>\n<li>Memoria detallada de las acciones a implementar<\/li>\n<\/ul>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<h2>3. Programa de soporte para la apertura de comercios y de apoyo a la reforma y mejora de establecimientos<\/h2>\n<h3>a) Personas beneficiarias:<\/h3>\n<p>Profesionales aut\u00f3nomos de alta en el RETA, empresas titulares de establecimientos de comercio y servicios, situados a pie de calle y de puestos de mercados municipales sedentarios y no sedentarios.<\/p>\n<p>Se excluyen, las fundaciones, las entidades territoriales sin \u00e1nimo de lucro y los gremios y entidades sectoriales.<\/p>\n<h3>b) Acciones subvencionables:<\/h3>\n<p><strong>\u00c1mbito 1<\/strong>: recuperaci\u00f3n de locales vac\u00edos, en el que son subvencionables los gastos derivados de la compra, arrendamiento o concesi\u00f3n administrativa de locales y de la ampliaci\u00f3n de la superficie de venta anexionando un nuevo local.<\/p>\n<p><strong>\u00c1mbito 2<\/strong>: reforma de establecimientos, en el que son subvencionables los gastos derivados de la reforma o mejora de establecimientos comerciales y servicios y de puestos de mercados municipales sedentarios (donde el solicitante acredite la titularidad en, como m\u00ednimo , los \u00faltimos 10 a\u00f1os) y puestos de mercados no sedentarios (donde el solicitante acredite la titularidad en, como m\u00ednimo, los \u00faltimos 5 a\u00f1os).<\/p>\n<h3>c) Requisitos:<\/h3>\n<p><strong>\u00c1mbito 1:<\/strong><\/p>\n<ul>\n<li>En caso de compra, alquiler o autorizaci\u00f3n de uso o concesi\u00f3n administrativa, ser el titular del contrato correspondiente.<\/li>\n<li>Los establecimientos deben destinarse a la explotaci\u00f3n de alguna actividad de comercio al por menor o servicios.<\/li>\n<li>Disponer del correspondiente permiso municipal.<\/li>\n<li>Se aceptar\u00e1n aquellas solicitudes con licencia de apertura del 2021, aunque el traspaso o el contrato de alquiler o compra corresponda al a\u00f1o 2020.<\/li>\n<li>Quedan excluidas aquellas inversiones que superen los 60.000,00 euros y las concesiones administrativas correspondientes a inauguraciones de mercados municipales.<\/li>\n<\/ul>\n<p><strong>\u00c1mbito 2:<\/strong><\/p>\n<ul>\n<li>En el caso de los puestos de mercados municipales no sedentarios, el solicitante ha de acreditar la titularidad en, al menos, 5 a\u00f1os.<\/li>\n<li>En el caso de las tiendas a pie de calle y paradas de mercados municipales, el solicitante deber\u00e1 acreditar su titularidad en, como m\u00ednimo, 10 a\u00f1os (aceptando la posibilidad de acreditar a trav\u00e9s de la suma con la titularidad anterior si se trata de un familiar de hasta 2\u00ba grado).<\/li>\n<\/ul>\n<h3>d) Cuant\u00eda de la subvenci\u00f3n:<\/h3>\n<p>Hasta el 50% de los gastos subvencionables, con un m\u00e1ximo de 5.000 euros.<strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<h3>e) Gastos subvencionables:<\/h3>\n<p><strong>\u00c1mbito 1:<\/strong> Los gastos generados por la compra, el alquiler o los tr\u00e1mites de la concesi\u00f3n administrativa. Este gasto puede complementarse con los gastos derivados de la apertura del establecimiento (obras, proyectos de interiorismo, instalaciones, mobiliario, actuaciones de embellecimiento de escaparates, etc.).<\/p>\n<p><strong>\u00c1mbito 2:<\/strong> Los gastos derivados de las reformas de obra menor en el establecimiento (parada de mercado municipal sedentario o tienda a pie de calle con titularidad m\u00ednima de 10 a\u00f1os). No se consideran subvencionables ni los gastos de maquinaria ni las de mobiliario. Los gastos derivados de la adecuaci\u00f3n de los puestos de mercados municipales no sedentarios o la compra de cami\u00f3n-tienda (con titularidad m\u00ednima de 5 a\u00f1os).<\/p>\n<h3>f) Documentaci\u00f3n a aportar con la solicitud:<\/h3>\n<ul>\n<li>Anexo de datos espec\u00edficos seg\u00fan modelo normalizado.<\/li>\n<li>Fotograf\u00eda de la fachada y del interior del establecimiento, o de la parada de mercado (previo a la realizaci\u00f3n de las acciones).<\/li>\n<li>Presupuesto detallado o facturas (si ya se ha hecho la inversi\u00f3n) de las actuaciones.<\/li>\n<li>Referencia del Informe de resultado del autodiagn\u00f3stico TIC del CCAM<\/li>\n<\/ul>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<h2>4. Programa para la reactivaci\u00f3n y transformaci\u00f3n de la moda catalana<\/h2>\n<h3>a) Personas beneficiarias:<\/h3>\n<p>Aut\u00f3nomos que est\u00e9n dados de alta en el RETA, y empresas de dise\u00f1o de moda y empresas textiles que se dediquen en exclusiva a la fabricaci\u00f3n de productos para el sector de la moda y que hayan emprendido o emprendan acciones durante el 2021 para crecer y abordar los retos de futuro inmediato en el nuevo entorno de mercado, con proyectos que incluyan la transformaci\u00f3n digital, la sostenibilidad o la internacionalizaci\u00f3n de la marca y\/o que est\u00e9n en fase de reactivaci\u00f3n de su marca y\/o proyecto empresarial.<\/p>\n<p>No podr\u00e1n ser beneficiarios importadores y distribuidores.<\/p>\n<p>S\u00f3lo podr\u00e1 ser beneficiario una persona f\u00edsica o jur\u00eddica para cada marca comercial.<\/p>\n<h3>b) Acciones subvencionables:<\/h3>\n<ul>\n<li>Contrataci\u00f3n de servicios profesionales para la ayuda y asesoramiento en el desarrollo de proyectos de transformaci\u00f3n digital.<\/li>\n<li>Inversi\u00f3n en la adquisici\u00f3n de equipos y hardware y otros gastos tecnol\u00f3gicas, relacionadas con la transformaci\u00f3n digital.<\/li>\n<li>Contrataci\u00f3n de servicios profesionales para la implementaci\u00f3n de herramientas y recursos, relacionados con la sostenibilidad que permitan avanzar en el grado de aplicaci\u00f3n de los mismos (trazabilidad, pol\u00edticas de producci\u00f3n, proyectos de econom\u00eda circulares, gesti\u00f3n log\u00edstica)<\/li>\n<li>Contrataci\u00f3n de servicios profesionales para el asesoramiento en temas relacionados con la internacionalizaci\u00f3n (estudios de mercado, elaboraci\u00f3n de agendas comerciales)<\/li>\n<li>Asistencia a ferias internacionales de moda (presenciales y online.<\/li>\n<li>Cualquier tipolog\u00eda de acci\u00f3n que lleve a cabo la empresa durante el per\u00edodo de recuperaci\u00f3n econ\u00f3mica debido a los efectos del COVID19, es decir, cualquier acci\u00f3n que pueda suponer para la empresa un incremento del volumen de negocio y que le ayude a reactivar la fabricaci\u00f3n y oferta de productos de moda as\u00ed como la estimulaci\u00f3n de la demanda, a trav\u00e9s de la promoci\u00f3n y comercializaci\u00f3n de productos de moda.<\/li>\n<\/ul>\n<h3>c) Requisitos:<\/h3>\n<p>La empresa deber\u00e1 presentar declaraci\u00f3n responsable para con las acciones subvencionables programadas por el 2021, especificando si tienen que ver con la transformaci\u00f3n digital, la sostenibilidad o \/ y la internacionalizaci\u00f3n o la reactivaci\u00f3n de la marca, debido a los efectos del Covidien-19.<\/p>\n<p>Que el gasto m\u00ednimo subvencionable sea de 1.000 euros.<\/p>\n<p>Los beneficiarios de este programa son incompatibles con el resto de programas.<\/p>\n<h3>d) Cuant\u00eda de la subvenci\u00f3n:<\/h3>\n<p>El 100% de los gastos subvencionables, hasta un m\u00e1ximo de 3.000 euros.<\/p>\n<h3>e) Gastos subvencionables:<\/h3>\n<ul>\n<li>Gastos del personal de asesoramiento externo indicando el servicio que han realizado y para qu\u00e9 acci\u00f3n subvencionable (transformaci\u00f3n digital, sostenibilidad y \/ o internacionalizaci\u00f3n).<\/li>\n<li>Gastos de participaci\u00f3n en ferias internacionales de moda, as\u00ed como los gastos asociados a esta acci\u00f3n.<\/li>\n<li>Gastos en inversi\u00f3n en transformaci\u00f3n digital para fomentar la creaci\u00f3n de sistemas de venta on-line y su log\u00edstica, cadena de suministro y promoci\u00f3n digital.<\/li>\n<li>Gastos en inversi\u00f3n para el incremento del grado de sostenibilidad en la empresa y \/ o el producto y \/ o la marca.<\/li>\n<li>Gastos fijos de estructura tales como alquileres de oficinas, espacios comerciales, etc. as\u00ed como otros gastos variables como compras de productos y materia prima, gastos de confecci\u00f3n y otros.<\/li>\n<\/ul>\n<p>Quedan excluidos los gastos relativos a:<\/p>\n<ul>\n<li>Sueldos y salarios<\/li>\n<li>Suministros<\/li>\n<li>Amortizaciones y rentings<\/li>\n<li>Gastos de viajes tales como: billetes de avi\u00f3n, dietas, hoteles, etc.<\/li>\n<li>Cualquier gasto de car\u00e1cter interno, que no cuente con una factura emitida por parte de un tercero.<\/li>\n<\/ul>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>En fecha 7 de mayo de 2021, ha sido publicada en el DOGC la Resoluci\u00f3n por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesi\u00f3n de subvenciones en el \u00e1mbito del comercio, los servicios y la moda. 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