{"id":5619,"date":"2021-03-05T12:51:33","date_gmt":"2021-03-05T11:51:33","guid":{"rendered":"https:\/\/www.calderseconomistes.com\/?p=5619"},"modified":"2021-03-05T12:52:18","modified_gmt":"2021-03-05T11:52:18","slug":"ayuda-locales-400","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.calderseconomistes.com\/es\/ayuda-locales-400\/","title":{"rendered":"Ayuda extraordinaria para establecimientos o locales de superficie superior a 400 metros cuadrados y situados en centros comerciales"},"content":{"rendered":"<p>En fecha 5 de marzo de 2021 ha sido publicada en el DOGC <strong>Resoluci\u00f3n por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesi\u00f3n de ayudas extraordinarias al sector del comercio al detalle con establecimientos de productos no esenciales y una superficie superior a 400 metros cuadrados y a los establecimientos o locales comerciales que se encuentren dentro de centros, galer\u00edas o recintos comerciales, afectados econ\u00f3micamente por las medidas de salud p\u00fablica ocasionadas por la pandemia de la COVID-19<\/strong>. A continuaci\u00f3n, les destacamos los aspectos m\u00e1s relevantes de cada uno de ellos:<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<h2>1. Objeto de la ayuda:<\/h2>\n<p>Se trata de una ayuda extraordinaria dirigida al sector del comercio al detalle con establecimientos de productos no esenciales y una superficie superior a 400 metros cuadrados y a los establecimientos o locales comerciales que se encuentren dentro de centros, galer\u00edas o recintos comerciales, afectados econ\u00f3micamente por las medidas de salud p\u00fablica ocasionados por la pandemia del Covid-19, y concretamente por la suspensi\u00f3n de la actividad desde principios del mes de enero, con el objetivo de reactivar, impulsar y fomentar estos sectores.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<h2>2. Personas beneficarias:<\/h2>\n<p>Pueden ser beneficiarios:<\/p>\n<ul>\n<li>Aut\u00f3nomos y pymes de comercio al detalle, con establecimientos de productos no esenciales y de superficie superior a 400 metros cuadrados.<\/li>\n<li>Aut\u00f3nomos y pymes con establecimientos o locales comerciales que se encuentren dentro de centros, galer\u00edas o recintos comerciales.<\/li>\n<\/ul>\n<p>En ambos casos, los locales han tenido que verse obligados a cerrar por las Resoluciones SLT\/1\/2021 de 4 de enero, y por las pr\u00f3rrogas de las misma.<\/p>\n<p>Se entienden como empresas de comercio las que prestan actividades empresariales de comercio al por menor, quedando expresamente excluidos los fabricantes y mayoristas que no realizan venta al detalle.<\/p>\n<p>Asimismo, se entienden como establecimiento o local de un centro, galer\u00eda o recinto comercial, aquellos establecimientos que se encuentran dentro de un centro comercial o recinto comercial, que no vendan productos esenciales, ni tengan acceso directo desde de la calle y que hayan sido obligados a cerrar.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<h2>3. Requisitos:<\/h2>\n<p>Los requisitos ser\u00e1n los siguientes:<\/p>\n<ul>\n<li>Ser\u00e1 necesario acreditar, mediante declaraci\u00f3n responsable, incluida en la solicitud, que la actividad del solicitante se ha visto afectada econ\u00f3micamente por las medidas de salud p\u00fablica decretadas para paliar los efectos del COVID-19 y ha sido obligada a cerrar.<\/li>\n<li>Tener, como m\u00ednimo, un establecimiento operativo en Catalunya.<\/li>\n<li>Se entienden como empresas de comercio las que prestan actividades empresariales de comercio al por menor, quedando expresamente excluidos los fabricantes y mayoristas que no realizan venta al detalle.<\/li>\n<\/ul>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<h2>4. Cuant\u00eda de la ayuda:<\/h2>\n<p>La ayuda consistir\u00e1 en una aportaci\u00f3n \u00fanica, y var\u00eda seg\u00fan el tipo de establecimiento.<\/p>\n<ul>\n<li>Para los establecimientos de comercio al detalle de productos no esenciales con una superficie superior a los 400 metros cuadrados: aportaci\u00f3n \u00fanica de 5.000 euros por establecimiento.<\/li>\n<li>Para los establecimientos o locales comerciales que se encuentren dentro de centros, galer\u00edas o recintos comerciales: aportaci\u00f3n \u00fanica de 5.000 euros por establecimiento.<\/li>\n<li>Para los establecimientos de restauraci\u00f3n, es decir, bares, restaurantes y cafeter\u00edas que se encuentren dentro de centros, galer\u00edas o recintos comerciales: aportaci\u00f3n \u00fanica de 7.000 euros por establecimiento.<\/li>\n<\/ul>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<h2>5. Solicitud de la ayuda y documentaci\u00f3n:<\/h2>\n<p>Las solicitudes deber\u00e1n presentarse telem\u00e1ticamente mediante modelo normalizado que se encontrar\u00e1 en la p\u00e1gina web de Canal Empresa de la Generalitat de Catalunya. El plazo de presentaci\u00f3n de solicitudes se determinar\u00e1 cuando se realice la publicaci\u00f3n de la convocatoria.<\/p>\n<p>La documentaci\u00f3n que debe aportarse juntamente con la solicitud debe ser la siguiente:<\/p>\n<ul>\n<li>Fotograf\u00eda del interior del establecimiento.<\/li>\n<li>Fotograf\u00eda de la fachada del establecimiento.<\/li>\n<\/ul>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<h2>6. Compatibilidades:<\/h2>\n<p>La presente ayuda ser\u00e1 compatible con el resto de ayudas, subvenciones e ingresos para la misma finalidad.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>En fecha 5 de marzo de 2021 ha sido publicada en el DOGC Resoluci\u00f3n por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesi\u00f3n de ayudas extraordinarias al sector del comercio al detalle con establecimientos de productos no esenciales y una superficie superior a 400 metros cuadrados y a los establecimientos o locales comerciales&hellip;<\/p>\n","protected":false},"author":5,"featured_media":5626,"comment_status":"closed","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[13],"tags":[],"class_list":["post-5619","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-actualidad","category-13","description-off"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.calderseconomistes.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/5619","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.calderseconomistes.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.calderseconomistes.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.calderseconomistes.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/users\/5"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.calderseconomistes.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=5619"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.calderseconomistes.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/5619\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.calderseconomistes.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/media\/5626"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.calderseconomistes.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=5619"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.calderseconomistes.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=5619"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.calderseconomistes.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=5619"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}