{"id":5582,"date":"2021-03-02T09:16:16","date_gmt":"2021-03-02T08:16:16","guid":{"rendered":"https:\/\/www.calderseconomistes.com\/?p=5582"},"modified":"2021-03-02T09:18:13","modified_gmt":"2021-03-02T08:18:13","slug":"apertura-locales-400","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.calderseconomistes.com\/es\/apertura-locales-400\/","title":{"rendered":"Pr\u00f3rroga de medidas de apertura en locales de m\u00e1s de 400 metros"},"content":{"rendered":"<p>En fecha 27 de febrero de 2021, ha sido publicada en el DOGC la <strong>Resoluci\u00f3n SLT\/516\/2021, de 26 de febrero, por la que se prorrogan y se modifican las medidas en materia de salud p\u00fablica para la contenci\u00f3n del brote epid\u00e9mico de la pandemia de COVID-19 en el territorio de Catalunya<\/strong>, por la que se establecen modificaciones a las medidas actualmente existentes, y que afectan principalmente a los locales comerciales de grandes superficies.<\/p>\n<p>Mediante dicha Resoluci\u00f3n, se reiteran y mantienen las medidas ya existentes en la actualidad y de aplicaci\u00f3n en Catalunya para todos los sectores de actividad, con las novedades que se detallan a continuaci\u00f3n, siendo que la aplicaci\u00f3n de dichas medidas se mantendr\u00e1 <strong>desde el d\u00eda 1 de marzo de 2021 hasta las 00:00h del d\u00eda 8 de marzo de 2021<\/strong>.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<h2>1. Movilidad para actividades docentes y ocio educativo:<\/h2>\n<p>Tal y como ya se aprob\u00f3 la anterior semana, se permiten los desplazamientos dentro del territorio de Catalunya motivados por<\/p>\n<ul>\n<li>El desarrollo de actividades docentes y de actividades de intervenci\u00f3n socioeducativa para la atenci\u00f3n y formaci\u00f3n a personas con discapacidades, necesidades especiales o situaci\u00f3n de vulnerabilidad que comporten salidas del centro educativo<\/li>\n<li>El desarrollo de actividades del \u00e1mbito del ocio educativo dirigidas a ni\u00f1os de educaci\u00f3n infantil y de educaci\u00f3n primaria, siempre que no impliquen pernoctaci\u00f3n.<\/li>\n<\/ul>\n<p>No obstante, se a\u00f1ade que \u00fanicamente se autoriza la pernoctaci\u00f3n en dichas salidas cuando se pueda garantizar la estanqueidad de los grupos burbuja escolares, aplicando las medidas previstas en el documento \u201c<em>Especificaciones sobre el Plan de actuaci\u00f3n para al curso 2020-2021 para centros educativos en el marco de la pandemia por COVID-19 en relaci\u00f3n con las actividades extraescolares y las colonias y salidas escolares<\/em>.\u201d.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<h2>2. Modificaci\u00f3n de medidas para comercio minorista:<\/h2>\n<h3>Suspensi\u00f3n de apertura durante s\u00e1bados y domingos:<\/h3>\n<p>Se mantiene la suspensi\u00f3n de apertura al p\u00fablico durante los s\u00e1bados y domingos de los establecimientos y locales comerciales de venta al detalle, as\u00ed como de los centros comerciales, galer\u00edas comerciales y recintos comerciales, excepto los establecimientos comerciales dedicados a la venta de productos esenciales, higi\u00e9nicos, los centros de veterinaria, las librer\u00edas, las peluquer\u00edas, los centros de est\u00e9tica, los concesionarios de autom\u00f3viles y los centros de jardiner\u00eda, que pueden permanecer abiertos sea cual sea su superficie, y con las medidas establecidas de higiene y de seguridad establecidas en el plan sectorial del PROCICAT.<\/p>\n<h3>Condiciones de apertura de lunes a viernes:<\/h3>\n<p>La apertura al p\u00fablico de los establecimientos y locales comerciales de venta al detalle de lunes a viernes queda condicionada a:<\/p>\n<p style=\"padding-left: 30px;\">a) Que tengan una superficie de venta igual o inferior a 400 metros cuadrados.<\/p>\n<p style=\"padding-left: 30px;\">b) Que se reduzca el aforo al 30%.<\/p>\n<p style=\"padding-left: 30px;\">c) En el caso de locales con una superficie de venta de m\u00e1s de 400 metros cuadrados, que se acote el espacio de apertura al p\u00fablico a dicha superficie y se reduzca el aforo de la misma al 30%.<\/p>\n<p style=\"padding-left: 30px;\">d) Que se apliquen de forma rigurosa las medidas higi\u00e9nicas, de prevenci\u00f3n y de seguridad establecidas en el Plan sectorial de comercio del PROCICAT.<\/p>\n<p>Quedan excepcionados los establecimientos comerciales dedicados a la venta de productos esenciales, higi\u00e9nicos, los centros de veterinaria, las librer\u00edas, las peluquer\u00edas, los centros de est\u00e9tica, los concesionarios de autom\u00f3viles y los centros de jardiner\u00eda, que pueden permanecer abiertos sea cual sea su superficie, y con las medidas establecidas de higiene y de seguridad establecidas en el plan sectorial del PROCICAT.<\/p>\n<h3>Condiciones de apertura de centros, galer\u00edas y recintos comerciales:<\/h3>\n<p>Se permite la apertura de centros, galer\u00edas y recintos comerciales, de lunes a viernes, con las siguientes condiciones:<\/p>\n<p style=\"padding-left: 30px;\">a) Reducci\u00f3n del aforo al 30%, tanto en los establecimientos comerciales como en las zonas comunes y de paso.<\/p>\n<p style=\"padding-left: 30px;\">Se excluyen de esta limitaci\u00f3n los establecimientos comerciales dedicados a la venta de productos esenciales, higi\u00e9nicos, los centros de veterinaria, las librer\u00edas, las peluquer\u00edas, los centros de est\u00e9tica, los concesionarios de autom\u00f3viles y los centros de jardiner\u00eda, que pueden permanecer abiertos sea cual sea su superficie, y con las medidas establecidas de higiene y de seguridad establecidas en el plan sectorial del PROCICAT.<\/p>\n<p style=\"padding-left: 30px;\">b) Establecer sistemas de control de aforo y flujos que garanticen las medidas de control de aglomeraciones, tanto en los establecimientos comerciales como en zonas comunes, as\u00ed como en los accesos a los centros incluidos los aparcamientos.<\/p>\n<p style=\"padding-left: 30px;\">c) Se restringe el acceso y uso de las zonas recreativas, como zonas infantiles, ludotecas o \u00e1reas de descanso.<\/p>\n<p style=\"padding-left: 30px;\">d) Cumplimiento de las condiciones de ventilaci\u00f3n y calidad de aire reforzadas. El cumplimiento de estas condiciones se tiene que acreditar, previamente a su apertura, mediante la presentaci\u00f3n de una declaraci\u00f3n responsable en el departamento competente en materia de comercio y en el ayuntamiento del municipio de ubicaci\u00f3n en la que se informe de las caracter\u00edsticas de los sistemas de ventilaci\u00f3n y calidad del aire.<\/p>\n<p style=\"padding-left: 30px;\">e) Cumplimiento estricto de las medidas previstas en el plan sectorial del PROCICAT.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Respecto a los equipamientos culturales y deportivos dentro de centros, galer\u00edas o recintos comerciales, pueden abrir al p\u00fablico conforme a las medidas concretas establecidas para su sector de actividad.<\/p>\n<p>Respecto a los locales o establecimientos de restauraci\u00f3n dentro de centros, galer\u00edas o recintos comerciales, se mantiene su suspensi\u00f3n de apertura al p\u00fablico.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>En fecha 27 de febrero de 2021, ha sido publicada en el DOGC la Resoluci\u00f3n SLT\/516\/2021, de 26 de febrero, por la que se prorrogan y se modifican las medidas en materia de salud p\u00fablica para la contenci\u00f3n del brote epid\u00e9mico de la pandemia de COVID-19 en el territorio de Catalunya, por la que se&hellip;<\/p>\n","protected":false},"author":5,"featured_media":5588,"comment_status":"closed","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[13],"tags":[],"class_list":["post-5582","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-actualidad","category-13","description-off"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.calderseconomistes.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/5582","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.calderseconomistes.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.calderseconomistes.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.calderseconomistes.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/users\/5"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.calderseconomistes.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=5582"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.calderseconomistes.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/5582\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.calderseconomistes.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/media\/5588"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.calderseconomistes.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=5582"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.calderseconomistes.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=5582"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.calderseconomistes.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=5582"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}