{"id":5509,"date":"2021-02-09T13:32:01","date_gmt":"2021-02-09T12:32:01","guid":{"rendered":"https:\/\/www.calderseconomistes.com\/?p=5509"},"modified":"2021-02-09T13:33:13","modified_gmt":"2021-02-09T12:33:13","slug":"ayudas-extraordinarias-autonomos","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.calderseconomistes.com\/es\/ayudas-extraordinarias-autonomos\/","title":{"rendered":"Inscripci\u00f3n previa de las ayudas extraordinarias para personas trabajadoras aut\u00f3nomas individuales o personas trabajadoras aut\u00f3nomas que forman parte de una microempresa"},"content":{"rendered":"<p>En fecha 8 de febrero de 2021, se ha publicado en el DOGC, ORDEN TSF\/32\/2021, de 5 de febrero, por la que se abre el tr\u00e1mite de inscripci\u00f3n previa de las ayudas extraordinarias para el mantenimiento de la actividad econ\u00f3mica ante la COVID-19 para personas trabajadoras aut\u00f3nomas individuales o personas trabajadoras aut\u00f3nomas que formen parte de una microempresa, por lo que a continuaci\u00f3n se detallan los aspectos m\u00e1s relevantes de la citada ayuda.<\/p>\n<p>La citada Orden tiene por objeto abrir el tr\u00e1mite de inscripci\u00f3n previa para las ayudas extraordinarias para el mantenimiento de la actividad econ\u00f3mica ante la COVID-19, dirigido a personas trabajadoras aut\u00f3nomas individuales o personas trabajadoras aut\u00f3nomas que formen parte de una microempresa.<\/p>\n<p>Se trata de una ayuda extraordinaria en forma de prestaci\u00f3n econ\u00f3mica, el importe de la cual, se determinar\u00e1 en la convocatoria y en las bases reguladoras.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<h2>1. Inscripci\u00f3n previa:<\/h2>\n<p>Debe procederse a la presentaci\u00f3n del formulario de inscripci\u00f3n previa, siempre y cuando se cumplan los requisitos que se determinen para la concesi\u00f3n de la ayuda. La prelaci\u00f3n en la inscripci\u00f3n previa no otorga preferencia en el otorgamiento de la ayuda.<\/p>\n<p>La presentaci\u00f3n del formulario de inscripci\u00f3n previa, debidamente cumplimentado, produce los efectos de solicitud de la ayuda.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<h2>2. Personas interesadas:<\/h2>\n<p>La inscripci\u00f3n previa pueden hacerla las personas interesadas siguientes:<\/p>\n<p style=\"padding-left: 30px;\">a) Personas trabajadoras aut\u00f3nomas dadas de alta al R\u00e9gimen especial de trabajadores aut\u00f3nomos o por cuenta propia de la Seguridad Social (RETA) que ejerzan la actividad econ\u00f3mica como persona f\u00edsica a t\u00edtulo individual o con personas trabajadoras a su cargo.<\/p>\n<p style=\"padding-left: 30px;\">El sumatorio de las personas trabajadoras aut\u00f3nomas y las personas contratadas por cuenta ajena de la unidad de negocio no puede ser superior a 6, y se toma como referencia la suma de las personas contratadas y de las personas dadas de alta como aut\u00f3nomas de forma ininterrumpida durante el a\u00f1o 2019. En caso de alta durante el a\u00f1o 2020 el c\u00e1lculo se har\u00e1 en base al n\u00famero de d\u00edas de alta al RETA o a la Mutualidad entre el 2 de enero y el 31 de diciembre de 2020.<\/p>\n<p style=\"padding-left: 30px;\">b) Personas trabajadoras aut\u00f3nomas dadas de alta a una mutualidad como sistema alternativo al RETA que ejercen la actividad econ\u00f3mica como persona f\u00edsica a t\u00edtulo individual o con personas trabajadoras a su cargo.<\/p>\n<p style=\"padding-left: 30px;\">El sumatorio de las personas trabajadoras aut\u00f3nomas y las personas contratadas por cuenta ajena de la unidad de negocio no puede ser superior a 6, y se toma como referencia la suma de las personas contratadas y de las personas dadas de alta como aut\u00f3nomas de forma ininterrumpida durante el a\u00f1o 2019. En caso de alta durante el a\u00f1o 2020 el c\u00e1lculo se har\u00e1 en base a al n\u00famero de d\u00edas de alta al RETA o a la Mutualidad entre el 2 de enero y el 31 de diciembre de 2020.<\/p>\n<p style=\"padding-left: 30px;\">c) Personas trabajadoras aut\u00f3nomas, persona f\u00edsica, que sean profesionales colegiados, de conformidad con el apartado 2 de la disposici\u00f3n adicional 18\u00e8 del Real Decreto Legislativo 8\/2015, de 30 de octubre, a t\u00edtulo individual o con personas trabajadoras a su cargo.<\/p>\n<p style=\"padding-left: 30px;\">El sumatorio de las personas trabajadoras aut\u00f3nomas y las personas contratadas por cuenta ajena de la unidad de negocio no puede ser superior a 6, y se toma como referencia la suma de las personas contratadas y de las personas dadas de alta como aut\u00f3nomas de forma ininterrumpida durante el a\u00f1o 2019. En caso de alta durante el a\u00f1o 2020 el c\u00e1lculo se har\u00e1 en base al n\u00famero de d\u00edas de alta al RETA o a la Mutualidad entre el 2 de enero y el 31 de diciembre de 2020.<\/p>\n<p style=\"padding-left: 30px;\">d) Personas trabajadoras aut\u00f3nomas dadas de alta al RETA, o bien a una mutualidad como sistema alternativo al RETA, que han constituido una empresa con personalidad jur\u00eddica propia, ya sea unipersonal o con otros socios.<\/p>\n<p style=\"padding-left: 30px;\">El n\u00famero de socios no puede ser superior a 3, y se toma como referencia el n\u00famero de socios del a\u00f1o 2019. El sumatorio de personas socias y personas trabajadoras por cuenta ajena no puede ser superior a 6, y se toma como referencia la suma de las personas contratadas y de las personas socias dadas de alta como aut\u00f3nomas de forma ininterrumpida durante el a\u00f1o 2019. En caso de alta durante el a\u00f1o 2020 el c\u00e1lculo se har\u00e1 en base al n\u00famero de d\u00edas de alta al RETA o a la Mutualidad entre el 2 de enero y el 31 de diciembre de 2020.<\/p>\n<p style=\"padding-left: 30px;\">e) Personas socias de las cooperativas que cotizan al RETA o a una mutualidad como sistema alternativo al RETA, siempre que la cooperativa est\u00e9 formada como m\u00e1ximo por 3 socios, de acuerdo con el n\u00famero de socios del a\u00f1o 2019.<\/p>\n<p style=\"padding-left: 30px;\">El sumatorio de personas socias y personas trabajadoras no socias no puede ser superior a 6, y se toma como referencia la suma de las personas contratadas y de las personas socias dadas de alta como aut\u00f3nomas de forma ininterrumpida durante el a\u00f1o 2019. En caso de alta durante el a\u00f1o 2020 el c\u00e1lculo se har\u00e1 en base al n\u00famero de d\u00edas de alta al RETA o a la Mutualidad entre el 2 de enero y el 31 de diciembre de 2020.<\/p>\n<p>No pueden solicitar dicha ayuda, las personas trabajadoras aut\u00f3nomas colaboradoras.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<h2>3. Requisitos para acceder a la inscripci\u00f3n previa:<\/h2>\n<p>Las personas interesadas deben cumplir los requisitos siguientes:<\/p>\n<p style=\"padding-left: 30px;\">a) Tener el domicilio fiscal en un municipio de Catalu\u00f1a.<\/p>\n<p style=\"padding-left: 30px;\">b) Estar en situaci\u00f3n de alta al RETA o a una mutualidad como sistema alternativo al RETA antes del 1 de enero de 2021.<\/p>\n<p style=\"padding-left: 30px;\">c) Mantener su alta como persona trabajadora aut\u00f3noma de forma ininterrumpida, como m\u00ednimo, hasta el 28 de febrero de 2021.<\/p>\n<p style=\"padding-left: 30px;\">d) La base imponible del impuesto sobre la renta de las personas f\u00edsicas del ejercicio 2019 de la persona solicitando debe ser igual o inferior a 35.000 euros, en caso de acogerse al sistema de tributaci\u00f3n individual, y de igual cuant\u00eda, con relaci\u00f3n a la parte de la base imponible correspondiente al solicitante, en caso de acogerse al sistema de tributaci\u00f3n conjunta.<\/p>\n<p style=\"padding-left: 30px;\">e) El rendimiento neto de la actividad de todo el a\u00f1o 2020 no debe superar el importe de 17.500 euros. En caso de que la \u00faltima alta como persona trabajadora aut\u00f3noma sea posterior al 1 de enero de 2020, el importe del rendimiento neto de la actividad no puede superar el resultado de multiplicar el n\u00famero de d\u00edas de alta como persona trabajadora aut\u00f3noma durante el a\u00f1o 2020 por 47,95 euros.<\/p>\n<p style=\"padding-left: 30px;\">f) Cumplir los requisitos previstos en el art\u00edculo 13 de la Ley 38\/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones y otra normativa aplicable.<\/p>\n<p style=\"padding-left: 30px;\">g) No tener ayudas otorgadas, de acuerdo con la Resoluci\u00f3n TSF\/1270\/2020, de 3 de junio, por la que se abre la convocatoria para la concesi\u00f3n de subvenciones para favorecer el autoempleo de j\u00f3venes inscritos al programa de Garant\u00eda Juvenil para el a\u00f1o 2020, en el marco del plan de choque del Decreto ley 16\/2020, de 5 de mayo.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<h2>4. Plazo para efectuar la inscripci\u00f3n previa:<\/h2>\n<p>El formulario de inscripci\u00f3n previa se puede presentar desde las 9.00 horas del d\u00eda 19 de febrero de 2021 hasta el d\u00eda 26 de febrero de 2021 a las 15.00 horas.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<h2>5. Procedimiento de inscripci\u00f3n previa:<\/h2>\n<p>La inscripci\u00f3n previa se formalizar\u00e1 exclusivamente mediante la Sede electr\u00f3nica de la Generalidad de Catalu\u00f1a.<\/p>\n<p>Las personas interesadas que cumplan los requisitos establecidos para estas ayudas deben rellenar el formulario disponible en el portal corporativo de tramitaci\u00f3n Canal Empresa, y este formulario espec\u00edfico es el que se debe utilizar para presentar la solicitud.<\/p>\n<p>Cada persona trabajadora aut\u00f3noma ha de presentar un \u00fanico formulario normalizado de inscripci\u00f3n previa y para una sola actividad econ\u00f3mica, ya sea como persona f\u00edsica, como socia de una microempresa o como socia de una cooperativa. En caso de que la misma persona interesada presente varios formularios de inscripci\u00f3n previa, \u00fanicamente se considera v\u00e1lido el \u00faltimo de los presentados.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<h2>6. Datos y contenido del formulario de inscripci\u00f3n previa:<\/h2>\n<p>Las personas interesadas deben rellenar los datos que contiene el formulario de inscripci\u00f3n previa, que son las siguientes:<\/p>\n<p style=\"padding-left: 30px;\">a) Datos de identificaci\u00f3n de la persona, instituci\u00f3n o entidad solicitante: nombre, apellidos y\/o raz\u00f3n comercial y otros.<\/p>\n<p style=\"padding-left: 30px;\">b) Direcci\u00f3n.<\/p>\n<p style=\"padding-left: 30px;\">c) Datos bancarios.<\/p>\n<p style=\"padding-left: 30px;\">d) Datos complementarios de la persona solicitante: naturaleza jur\u00eddica de la persona solicitante; n\u00famero de personas trabajadoras aut\u00f3nomas colaboradoras de su negocio; n\u00famero de personas trabajadoras contratadas en su negocio; NIF\/CIF; nombre de la empresa o cooperativa; n\u00famero de socios, incluida la persona solicitando de la ayuda; n\u00famero de personas trabajadoras contratadas por la empresa o cooperativa; fecha de alta en el RETA, mutualidad o inicio de actividad; importe de la base imponible del impuesto de la renta de las personas f\u00edsicas del ejercicio 2019, que debe ser igual o inferior a 35.000 euros; rendimiento neto de la actividad durante todo el a\u00f1o 2020, que debe ser igual o inferior a 17.500 euros. En el caso en que la \u00faltima alta como persona trabajadora aut\u00f3noma sea posterior al 1 de enero de 2020, el importe del rendimiento neto de la actividad no puede superar el resultado de multiplicar el n\u00famero de d\u00edas de alta como persona trabajadora aut\u00f3noma durante el a\u00f1o 2020 por 47,95 euros.<\/p>\n<p style=\"padding-left: 30px;\">e) Otros datos complementarios de la persona solicitante: fecha de nacimiento; c\u00f3digo CCAE (4 d\u00edgitos); r\u00e9gimen fiscal.<\/p>\n<p style=\"padding-left: 30px;\">f) Domicilio fiscal de la persona solicitante.<\/p>\n<p style=\"padding-left: 30px;\">g) Declaraciones responsables en relaci\u00f3n con el cumplimiento de los requisitos.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>La presentaci\u00f3n de estas declaraciones responsables faculta a la Administraci\u00f3n para verificar en cualquier momento la veracidad de los datos declarados. La inexactitud o falsedad de las declaraciones responsables puede determinar la baja del afectado del registro, la exclusi\u00f3n de la persona solicitante de la convocatoria, y ser causa de revocaci\u00f3n, sin perjuicio de las responsabilidades penales, civiles o administrativas de cualquier tipo en que haya podido incurrir.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>En fecha 8 de febrero de 2021, se ha publicado en el DOGC, ORDEN TSF\/32\/2021, de 5 de febrero, por la que se abre el tr\u00e1mite de inscripci\u00f3n previa de las ayudas extraordinarias para el mantenimiento de la actividad econ\u00f3mica ante la COVID-19 para personas trabajadoras aut\u00f3nomas individuales o personas trabajadoras aut\u00f3nomas que formen parte&hellip;<\/p>\n","protected":false},"author":5,"featured_media":5517,"comment_status":"closed","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[13],"tags":[],"class_list":["post-5509","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-actualidad","category-13","description-off"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.calderseconomistes.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/5509","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.calderseconomistes.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.calderseconomistes.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.calderseconomistes.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/users\/5"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.calderseconomistes.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=5509"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.calderseconomistes.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/5509\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.calderseconomistes.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/media\/5517"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.calderseconomistes.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=5509"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.calderseconomistes.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=5509"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.calderseconomistes.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=5509"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}