En fecha 22 de julio de 2021, ha sido publicado en el DOGC, RESOLUCIÓN por la que se abre la convocatoria para la concesión de ayudas extraordinarias en el ámbito de las actividades del ocio nocturno, afectadas económicamente por las medidas de cierre decretadas para paliar los efectos de la COVID-19, con el fin de hacer efectiva la continuidad de sus actividades y la reactivación de estos sectores.
A continuación, se detallan los aspectos más relevantes de la citada ayuda:
1. Tramitación, resolución y otorgamiento:
La tramitación, resolución y el otorgamiento de las subvenciones que prevé esta convocatoria, así como las condiciones, los requisitos de participación y la documentación a aportar, se rigen por las bases aprobadas en la Resolución de 15 de julio de 2021, del Consorcio de Comercio, Artesanía y Moda de Cataluña, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas extraordinarias en el ámbito de las actividades del ocio nocturno, afectadas económicamente por las medidas de cierre decretadas para paliar los efectos de la COVID-19.
2. Presentación de la solicitud:
El plazo de presentación de las solicitudes, junto con la documentación correspondiente empieza a las 9:00 horas del día 23 de julio de 2021 y hasta las 14:00 horas del día 30 de julio de 2021.